Plan de Ordenación
Objetivos del PORNG
El desarrollo de los trabajos para la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y de Gestión (PORNG) se ajustará a los Objetivos establecidos en la Ley 42/2007 (artículo 17), que se recogen a continuación, así como a las Medidas de Conservación de la Red Natura, que recoge esta misma norma, artículo 45:
Son objetivos de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, sin perjuicio de lo que disponga la normativa autonómica, los siguientes:
- Identificar y georeferenciar los espacios y los elementos significativos del Patrimonio Natural de un territorio y, en particular, los incluidos en el Inventario del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, los valores que los caracterizan y su integración y relación con el resto del territorio.
- Definir y señalar el estado de conservación de los componentes del patrimonio natural, biodiversidad y geodiversidad y de los procesos ecológicos y geológicos en el ámbito territorial de que se trate.
- Identificar la capacidad e intensidad de uso del patrimonio natural y la biodiversidad y geodiversidad y determinar las alternativas de gestión y las limitaciones que deban establecerse a la vista de su estado de conservación.
- Formular los criterios orientadores de las políticas sectoriales y ordenadores de las actividades económicas y sociales, públicas y privadas, para que sean compatibles con las exigencias contenidas en la presente ley.
- Señalar los regímenes de protección que procedan para los diferentes espacios, ecosistemas y recursos naturales presentes en su ámbito territorial de aplicación, al objeto de mantener, mejorar o restaurar los ecosistemas, su funcionalidad y conectividad.
- Prever y promover la aplicación de medidas de conservación y restauración de los recursos naturales y los componentes de la biodiversidad y geodiversidad que lo precisen.
- Contribuir al establecimiento y la consolidación de redes ecológicas compuestas por espacios de alto valor natural, que permitan los movimientos y la dispersión de las poblaciones de especies de la flora y de la fauna y el mantenimiento de los flujos que garanticen la funcionalidad de los ecosistemas.
En todo caso el objetivo primordial en la elaboración del PORNG será la salvaguarda de los intereses de conservación del espacio natural protegido Red Natura 2000 “Calamocarro - Benzú”.
La zonificación que se derive del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORNG) de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Lugar de Interés Comunitario (LIC) Calamocarro-Benzú, posibilitará, en una fase complementaria, su integración en el documento del Plan General de Ordenación Urbana actualmente en revisión, de manera que se respeten los criterios de prevalencia del PORNG sobre el planeamiento urbanístico, y no se produzcan incoherencias en la definición de usos en el ámbito del LIC - ZEPA, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 42/2007: “Cuando los instrumentos de ordenación territorial, urbanística, de recursos naturales y, en general, física, existentes, resulten contradictorios con los Planes de Ordenación de Recursos Naturales deberán adaptarse a éstos. En tanto dicha adaptación no tenga lugar, las determinaciones de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales se aplicarán, en todo caso, prevaleciendo sobre dichos instrumentos”.
Ámbito
El espacio protegido Red Natura 2000, LIC-ZEPA “Calamocarro-Benzú” (ES6310001), se sitúa al oeste del territorio de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en la mitad norte del denominado campo exterior (ver mapa). Este espacio protegido tiene una extensión de 601,81 hectáreas.
El ámbito de estudio para la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y de Gestión será el territorio definido e incluido en este espacio protegido, cuyos límites exactos se recogen en el B.O.C.C.E. 3.887 de 17 de marzo de 2000.
Asimismo, se tendrán en cuenta las áreas y zonas de interés contiguas a los límites del LIC-ZEPA a fin de garantizar los objetivos de conservación del lugar, especialmente la conectividad entre espacios, los flujos de flora y fauna y la facilitación de los procesos ecológicos. El ámbito, por tanto, incluirá las zonas de amortiguamiento que constituyen los espacios periféricos al espacio protegido Red Natura 2000, incorporándolo en el análisis del entorno que se realice.
Metodología y Fases del PORNG
La elaboración del PORNG que incluyendo los períodos de Participación Pública durará 18 meses, consta de 4 Fases principales en cada una de las cuáles se desarrollarán los siguientes trabajos:
Fase I. Trabajos previos que consistirán básicamente en la recopilación de información y preparación de la cartografía.
Fase II. Trabajos de campo en los que a partir del análisis de la información disponible recopilada se identificarán los déficit existentes para la elaboración, revisión o actualización de todos los apartados de los estudios básicos, así como de aquellos necesarios para la elaboración del PORNG.
Fase III. Actualización de la información básica del espacio y elaboración de un inventario ambiental del ámbito, incluyendo reportajes fotográficos y elaboración de cartografía temática.
Fase IV. Elaboración del Documento del PORNG, primero en formato de Avance y más adelante en formato Documento Final tras el proceso de Participación Pública. El contenido del Documento del PORNG se ajustará a las exigencias definidas en la norma de referencia (Ley 42/2007; artículo 19 y directrices del artículo 45) y en concreto incluirá:
a) Delimitación del ámbito territorial objeto de ordenación, y descripción e interpretación de sus características físicas, geológicas y biológicas.
b) Inventario y definición del estado de conservación de los componentes del patrimonio natural y la biodiversidad, de los ecosistemas y los paisajes en el ámbito territorial de que se trata, formulando un diagnóstico del mismo y una previsión de su evolución futura.
c) Determinación de los criterios para la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los recursos naturales y, en particular, de los componentes de la biodiversidad y geodiversidad en el ámbito territorial de aplicación del Plan.
d) Determinación de las limitaciones generales y específicas que respecto de los usos y actividades hayan de establecerse en función de la conservación de los componentes del patrimonio natural y la biodiversidad.
e) Aplicación, en su caso, de alguno de los regímenes de protección de espacios naturales.
f) Establecimiento de los criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de las diversas políticas sectoriales que inciden en el ámbito territorial de aplicación del Plan, para que sean compatibles con los objetivos de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
g) Identificación de medidas para garantizar la conectividad ecológica en el ámbito territorial objeto de ordenación.
h) Memoria económica acerca de los costes e instrumentos financieros previstos para su aplicación.
Más allá de los contenidos que exige la Ley, se tendrán en cuenta como ideas fundamentales:
- Establecer claramente los factores que condicionan la conservación del área y las oportunidades para la gestión adecuada del mismo.
- Diseñar medidas (directrices, normativa, programas, actuaciones) para una adecuada gestión del área. Para las actuaciones propuestas se identificarán responsables de gestión, los agentes sociales, los recursos necesarios, así como el calendario de puesta en marcha.
- Propuesta de Zonificación.
- Programa de vigilancia y seguimiento de los objetivos y acciones del propio Plan, así como del estado y evolución de los elementos clave identificados que permita detectar y evaluar la eficacia de las actuaciones respecto a los objetivos planteados.