Privacidad
- Responsable
APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
Avenida Juan de Borbón, 45 - 2º, 51001, Ceuta, España.
Web: www.amgevicesa.es
Teléfono: 956528105
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Web: www.amgevicesa.es
Teléfono: 956528105
- Delegado de Protección de Datos
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Calle Jáudenes, 19, 51001, Ceuta, España.
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- Finalidad
Garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
Las imágenes de videovigilancia captadas por las cámaras de videovigilancia de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA) tendrán por objeto garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones.
Las imágenes de videovigilancia captadas por las cámaras de videovigilancia de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA) tendrán por objeto garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones.
- Legitimación
Artículo 6. e) RGPD, INTERÉS PÚBLICO.
El tratamiento de datos resulta necesario para garantizar la seguridad de todas aquellas personas que se encuentren en las instalaciones del APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA). De igual forma, garantizar la seguridad de las instalaciones y materiales supone una labor necesaria para asegurar el correcto y adecuado servicio de especial relevancia social como es el prestado por APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
El tratamiento de datos resulta necesario para garantizar la seguridad de todas aquellas personas que se encuentren en las instalaciones del APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA). De igual forma, garantizar la seguridad de las instalaciones y materiales supone una labor necesaria para asegurar el correcto y adecuado servicio de especial relevancia social como es el prestado por APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
- Comunicación de los datos a terceros
Jueces y tribunales:
Las imágenes podrán ser comunicadas a jueces y tribunales cuando así lo requieran en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad soliciten las grabaciones en aquellos supuestos que sean necesarios para la prevención de un peligro real, para la seguridad pública o prevención de infracciones penales.
Las imágenes podrán ser comunicadas a jueces y tribunales cuando así lo requieran en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad soliciten las grabaciones en aquellos supuestos que sean necesarios para la prevención de un peligro real, para la seguridad pública o prevención de infracciones penales.
El intereado podrá ejercitar los derechos del art. 15 a 22 RGPD.
El interesado podrá ejercitar sus derechos o solicitar información adicional del tratamiento dirigiéndose a:
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El acceso a las imágenes se otorgará previa solicitud por escrito, en la que se deberá especificar con la mayor precisión posible los datos objeto del tratamiento. El responsable requerirá al interesado que especifique el tramo horario y la ubicación a la que hace referencia su ejercicio de derecho de acceso.
El derecho a la limitación del tratamiento será garantizado en su vertiente negativa, es decir, cuando se solicite al responsable la conservación de las imágenes en los siguientes casos:
1. El tratamiento de datos sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de sus datos, solicitando en su lugar la limitación de su uso.
2. El responsable ya no necesite los datos para servir a los fines del tratamiento, pero el interesado sí los necesite para formulación, ejercicio o de reclamaciones.
Los derechos del interesado no podrán ser ejercidos en perjuicio de terceros.
El ejercicio de los derechos del interesado deberá respetar los derechos y libertades de terceros. En particular, el acceso a imágenes de videovigilancia estará limitado cuando pueda afectar la privacidad de otras personas. Por este motivo, el responsable del tratamiento podrá denegar el acceso total o parcial a las grabaciones si su divulgación supone un perjuicio para terceros.
El interesado podrá ejercitar sus derechos o solicitar información adicional del tratamiento dirigiéndose a:
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El acceso a las imágenes se otorgará previa solicitud por escrito, en la que se deberá especificar con la mayor precisión posible los datos objeto del tratamiento. El responsable requerirá al interesado que especifique el tramo horario y la ubicación a la que hace referencia su ejercicio de derecho de acceso.
El derecho a la limitación del tratamiento será garantizado en su vertiente negativa, es decir, cuando se solicite al responsable la conservación de las imágenes en los siguientes casos:
1. El tratamiento de datos sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de sus datos, solicitando en su lugar la limitación de su uso.
2. El responsable ya no necesite los datos para servir a los fines del tratamiento, pero el interesado sí los necesite para formulación, ejercicio o de reclamaciones.
Los derechos del interesado no podrán ser ejercidos en perjuicio de terceros.
El ejercicio de los derechos del interesado deberá respetar los derechos y libertades de terceros. En particular, el acceso a imágenes de videovigilancia estará limitado cuando pueda afectar la privacidad de otras personas. Por este motivo, el responsable del tratamiento podrá denegar el acceso total o parcial a las grabaciones si su divulgación supone un perjuicio para terceros.
- Procedencia de los datos
Videovigilancia:
Los datos tratados se corresponderán con las imágenes captadas a través de los dispositivos de videovigilancia instalados en las instalaciones de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
Los datos tratados se corresponderán con las imágenes captadas a través de los dispositivos de videovigilancia instalados en las instalaciones de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA).
- Plazo de conservación de imágenes
Los datos serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo cuando hubieran de ser conservados para acreditar la comisión de actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones de APARCAMIENTOS MUNICIPALES Y GESTIÓN VIAL DE CEUTA, S.A. (AMGEVICESA). En tal caso, las imágenes deberán ser puestas a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas desde que se tuviera conocimiento de la existencia de la grabación.