Viernes22 Noviembre 2024

Aprobación inicial Reglamento canal de denuncias

EXPOSICIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE 29436/2024, EXPOSICIÓN APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO CANAL DE DENUNCIAS

Número de Expediente y dependencia que lo tramita:

  • Número de Expediente: 29436/2024
  • Dependencia que lo tramita: Consejería de Hacienda, Tran. Económica y Tran. Digital

Plazo y fechas en las que se somete a consulta pública:

  • Plazo de sometimiento a exposición pública: 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al 04/10/2024, fecha de publicación en el BOCCE nº 6449.
  • Fecha de inicio: 07/10/2024
  • Fecha límite para la presentación de reclamaciones y sugerencias: (opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados, conforme al art 133 de la Ley 39/2.015): 18/11/2024

Remisión de aportaciones:

Las reclamaciones y enmiendas deberán dirigirse a la Consejería de Hacienda, Tran. Económica y Tran. Digital ( "SOLICITUD GENÉRICA A CONSEJERÍA DE HACIENDA, TRAN. ECONÓMICA Y TRAN. DIGITAL"), y presentarse en el Registro de Organismo Oficiales de la Ciudad de Ceuta, sito en la Palacio Autonómico; en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

  1. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  2. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el Extranjero.
  4. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  5. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Independientemente del medio utilizado, el escrito remitido deberá contener los siguientes datos: Texto con las observaciones, número de expediente, nombre completo, número de su documento de identificación, una dirección postal a efectos de notificaciones y un correo electrónico de contacto. Asimismo deberán identificarse las asociaciones y demás organizaciones a las que puedan representar.

Documentos de consulta pública.