Lunes28 Abril 2025

Noticias y Novedades

Campañas

{jathumbnail off}

Campaña de prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS)

Campaña de prevención de ITS¿Sabes que el número de infecciones de transmisión sexual (ITS) diagnosticadas en España continúa aumentando y que 4 de cada 1000 personas en España tiene infección por VIH? ¿O que la mitad de nuevos casos de gonorrea y que cerca de un tercio de los casos nuevos de sífilis en España tiene menos de 30 años o que las ITS también se pueden contraer a través del sexo oral?

Campaña de prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS), de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida del Ministerio de Sanidad, realizada con la colaboración de las CCAA y las ONG, cuyo objetivo es concienciar e informar sobre la prevención de ITS y fomentar el uso de preservativo entre la población general.

Lo mejor, para prevenir las ITS es usar siempre preservativo Ante la menor sospecha de tener una ITS acude a tu médico y realízate las pruebas necesarias

Campaña de prevención y diagnóstico precoz del VIH e ITS dirigida a hombres gais, bisexuales y otros hombres que tienen sexo con hombres (GBHSH)

Campaña de prevención y diagnóstico precoz del VIH e ITS dirigida a hombres gais, bisexuales y otros hombres que tienen sexo con hombres (GBHSH).El objetivo de esta campaña es reducir el impacto de la epidemia del VIH e ITS entre GBHSH, desarrollado estrategias de prevención combinadas como el uso del preservativo, la promoción de la prueba diagnóstica del VIH y de otras ITS con una frecuencia acorde con el nivel de riesgo, y la indicación de la PrEP( profilaxis preexposicion) en hombres GBHSH en riesgo elevado de adquirir la infección por el VIH.

 

DIA MUNDIAL DEL SIDA - 1 DE DICIEMBRE

Levantemos las manos por la prevenciónVIHObjetivo: Incrementar el nivel de información de la población sobre la infección por el VIH, sus mecanismos de transmisión y las conductas que disminuyen el riesgo de exposición.

 

 

DIA MUNDIAL DE LA PRUEBA DEL VIH

PruebaVIH20 DE OCTUBRE

Objetivo: Promocionar y facilitar el acceso a la prueba de detección rápida del VIH a la población mayor de 16 años, con el fin de diagnosticar precozmente la infección.

 

CAMPAÑA DE DETECCIÓN PRECOZ DEL VIH

PruebaRapida VIH"PRUEBA RAPIDA DEL VIH"

Objetivo: Promocionar y facilitar a toda la población el acceso a la prueba de detección rápida del VIH.

 

 

CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DEL PRESERVATIVO MASCULINO

LoLLevo"LO LLEVO Y DEJATEDEPELICULAS"

Objetivo: Promocionar el uso del preservativo masculino entre los jóvenes como método anticonceptivo frente a embarazos no deseados y preventivos frente a la infección por el VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).

 Ver campaña

CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DEL PRESERVATIVO MASCULINO

SOY-TU-TIPO"SOY TU TIPO"

Objetivo: Promocionar el uso del preservativo masculino entre los jóvenes como método anticonceptivo frente a embarazos no deseados y preventivos frente a la infección por el VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).

 Ver campaña

CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DEL PRESERVATIVO FEMENINO

PreservativoFemenino"MUJER, MARCA TÚ EL RITMO"

Objetivo: Promocionar el uso del preservativo femenino, como una alternativa más entre los jóvenes .Junto con el preservativo masculino son los únicos métodos barrera que previenen frente a embarazos no deseados e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).

 

CAMPAÑA DE PROMOCIÓN DEL PRESERVATIVO

llevatelos"LLEVATELOS"

Objetivo: Facilitar a la población que acude a los centros sanitarios, la accesibilidad al preservativo de forma gratuita, a través de las consultas de Atención a la Mujer de los centros de salud de atención primaria.

 

DIA MUNDIAL DEL SIDA - 1 DE DICIEMBRE

DiaSidaDiaSida30Objetivo: Incrementar el nivel de información de la población sobre la infección por el VIH, sus mecanismos de transmisión y las conductas que disminuyen el riesgo de exposición.

 

 

Programa intercambio de jeringuillas entre Usuarios que consumen drogas por vía parenteral

IntercambioJeringuillasObjetivo: Reducir el daño que produce el intercambio de jeringuillas entre los usuarios de drogas, evitando la transmisión del VIH y de la Hepatitis C.

El intercambio de jeringuillas se realiza desde diferentes puntos de la ciudad. (Unidad móvil, unidad de conductas adictivas, farmacias y centro penitenciario).

Área de Epidemiológia

Desde la aparición de los primeros casos de sida, la vigilancia de la enfermedad ha ocupado y ocupa un espacio muy importante de la salud pública. La vigilancia epidemiológica permite el seguimiento de la evolución de la enfermedad, así como de las variables que la caracterizan.

La función primordial es aportar información fiable para que las autoridades sanitarias puedan tomar en cada momento decisiones sobre las medidas necesarias para el control de esta enfermedad. La situación del VIH/ SIDA en Ceuta, cuenta con datos desde 1987 hasta la actualidad. Cuantificamos los casos Sida y casos VIH que nos notifican desde diferentes instituciones (Hospital Universitario de Ceuta, Centro Penitenciario y Hospital Militar de Ceuta).

Objetivos:

  • Mantener y reforzar los sistemas de vigilancia que están en funcionamiento, mejorando, en los casos que sea necesario su cobertura y calidad.
  • Proporcionar y difundir la información epidemiológica relevante y oportuna para la toma de decisiones destinadas a reducir el impacto de la infección por VIH/SIDA en la población de Ceuta.

Acciones:

  • Mantener la vigilancia tanto de los casos sida como de los nuevos diagnósticos de infección por VIH (SINIVIH).
  • Notificar periódicamente al Centro Nacional de epidemiología del Sida, los casos Sida y Casos VIH registrados en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
  • Potenciar los estudios sobre conocimientos, actitudes y conductas de riesgo, así como su evolución en la población general y en los colectivos de especial interés.
  • Conocer las conductas de riesgo en poblaciones específicas (en usuarios de drogas y en hombres que mantienen relaciones sexuales con otros hombres),
  • Difusión de los datos en el Boletín Epidemiológico que se publica desde la Consejería de Sanidad y Consumo.

Área de prevención

{jathumbnail off}

condomDada las características de la enfermedad, sus mecanismos de transmisión, la inexistencia de vacuna y un tratamiento que solo cronifica la enfermedad; la prevención sigue siendo la herramienta más eficaz para disminuir la transmisión del virus. Desde 1999 se han editado y distribuido distintos materiales dirigidos a la población general, con información sobre la enfermedad y las medidas preventivas, incidiendo en la importancia de la no discriminación laboral, social y asistencial de las personas afectadas por el VIH/SIDA.

Los programas preventivos del Plan sobre Sida van dirigidos a abordar las desigualdades mediante acciones específicas de prevención del VIH concentradas en las siguientes personas o grupos que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad o con mayor dificultad de acceso a los servicios:

1. Prevención del VIH desde los servicios de atención a drogodependientes, tanto libres de drogas como de reducción de daños

  • Programas de intercambio de jeringuillas y material de inyección estéril (PIJ) desde la unidad de tratamiento itinerante de metadona (UTIME), 1 farmacia colaboradora y la unidad de conductas adictivas.
  • Prevención de la transmisión sexual del VIH y otras ITS, mediante la formación a usuarios de la unidad de conductas adictivas, a través de talleres de sexo seguro y distribución de preservativos masculinos y femeninos.

2. Prevención de la transmisión del VIH y otras ITS en hombres que tienen relaciones sexuales con hombres (HSH)

  • Programas de información, educación para la salud, diagnóstico precoz con la participación de asociaciones/ organizaciones de homosexuales.
  • Colaboración con asociaciones para aumentar la accesibilidad y disponibilidad de preservativos.
  • Programas de promoción de la prueba rápida del VIH y diagnóstico precoz de la infección.

3. Prevención de la transmisión del VIH en inmigrantes.

  • Programas de información, educación para la salud, adquisición de habilidades para el uso del preservativo y diagnóstico precoz de la infección , adaptados lingüística y culturalmente, con la participación de asociaciones/ organizaciones de lucha contra el sida
  • Programa en colaboración con otras administraciones y ONGs para la incorporación de la prevención del VIH de forma transversal en las acciones desarrolladas con población inmigrante.

4. Prevención de la transmisión del VIH y otras ITS en personas que ejercen la prostitución (PEP)

  • Programas de información y educación para la prevención del VIH adaptados lingüística y culturalmente, con la participación y colaboración de organizaciones.
  • Prevención del VIH y otras ITS en mujeres que ejercen la prostitución en la calle y en locales, talleres de sexo más seguro y diagnostico precoz a través de las pruebas rápidas de VIH.
  • Aumento de la disponibilidad de preservativos (masculinos y femeninos) en locales y lugares donde se ejerce la prostitución.

5. Prevención en jóvenes

  • Programas de prevención del VIH en centros de reforma y protección de menores y talleres ocupacionales.
  • Talleres de sexo seguro y actividades de educación para la salud en centros de encuentro de jóvenes (asociaciones juveniles, deportivas, culturales etc.).
  • Estrategias específicas de prevención y diagnóstico precoz del VIH para jóvenes que frecuentan zonas de ocio a través del dispositivo móvil "RULE".
  • Subvención de preservativos para diversificar el número de unidades y los puntos de distribución.
  • Distribución de preservativos en centros de salud, en centros de jóvenes, en Asamblea de Cruz Roja, Centro de Estancia Temporal de inmigrantes, asociación el Rumor, área de prevención del Plan sobre Sida...
  • Instalación de máquinas dispensadoras de preservativos en lugares de especial interés para los jóvenes, universidades, parque marítimo, centro comercial y lugares de encuentro de jóvenes.

6. Detección precoz de la infección por VIH

  • Medidas para alcanzar la cobertura completa de la oferta de la prueba rápida del VIH a todas las personas que acuden a centros y servicios que atienden a poblaciones con mayor exposición al riesgo: centro de drogodependencias, área de prevención del Sida, asociación el Rumor, farmacias, centros sanitarios, centro de estancia temporal de inmigrantes y dispositivo móvil "RULE".
  • Campañas de promoción de la detección precoz de la infección diversificadas según población diana. 20 de Octubre "Día mundial de la prueba del VIH". 1 de diciembre " Día mundial del Sida"
  • Aumento de la disponibilidad de pruebas rápidas de VIH, su promoción y diversificación en farmacias y otros entornos innovadores.
  • Facilitación del acceso al diagnóstico y tratamiento precoz de ITS en personas que ejercen la prostitución, hombres que tienen relaciones sexuales con hombres e inmigrantes.

9. Lucha contra el estigma y la discriminación

  • Refuerzo de este componente transversal en todas las acciones de prevención. (talleres, campañas...)
  • Programas dirigidos a evitar la discriminación y estigmatización de las personas con VIH, con especial atención a aquellos que tienen otros estigmas además del VIH.
  • Programas de sensibilización/ información dirigidos a profesionales sanitarios, de servicios sociales, educativos y de empleo para prevenir el estigma y la discriminación de las personas con VIH.

Cada año según demanda realizamos formación de colectivos capacitados para desarrollar la función de mediadores, así como la formación a otros colectivos más vulnerables, entre los que destacamos:

  • Alumnos de la Facultad de Educación y Humanidades.
  • Alumnos de la Escuela de Enfermería.
  • Voluntarios de Cruz Roja Española en Ceuta.
  • Educadores de Centros de Menores.
  • Profesorado de primaria y secundaría de los diferentes centros educativos.
  • Usuarios de Drogas por vía parenteral y sus parejas.
  • Usuarios de los programas de Familias del Centro de Servicios Sociales.
  • Jóvenes en programas de Garantía Social.
  • Menores en centro de protección y de reforma.
  • Menores escolarizados y jóvenes pertenecientes al ámbito asociativo no formal.
  • Escuela de Padres y Madres a través de las AMPAS.
  • Residentes del Centro de Estancia Temporal de inmigrantes.
  • Internos/as del Centro Penitenciario "Los Rosales".
  • Profesionales de las Fuerzas Armadas.
  • Personas que ejercen la prostitucion.

Plan Sobre Sida

{jathumbnail off}

La repercusión social de esta enfermedad, no solo tiene consecuencias sobre los enfermos, sino sobre la marginación que aún sufren determinados colectivos como los drogodependientes, homosexuales, personas que ejercen la prostitucion, etc...Si a esto le unimos la ausencia de vacuna, el aumento de la infección por VIH en jóvenes entre 15 y 29 años, nos encontramos ante una situación en la que son las medidas sociales las que se deben tomar.

Las mejores relaciones se viven sin prejuicios

El Sida es algo que esta ahí, que sabemos que existe; pero es habitual no relacionarlo con nosotros, con nuestro entorno próximo. No estamos lo suficientemente concienciados de que esta demasiado cerca, y que puede afectarle a cualquier persona que tenga una conducta de riesgo.

Tras la evaluación del I Plan de Actuación frente al VIH/SIDA en la Ciudad Autónoma de Ceuta 2011-2013, hemos considerado la necesidad de incorporar al II Plan, las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), ya que aparte de la importancia de las ITS por si solas, estas pueden favorecer la transmisión de la infección por VIH.

En este II Plan de Actuación, que incluye tanto la infección por VIH como otras Infecciones de Transmisión Sexual, hemos definido un marco de actuación y unas líneas estratégicas prioritarias para los próximos tres años, incorporando nuevos programas adaptados a la evolución de la infección por el VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS).

Tenemos el deseo de contribuir a desmitificar uno de los grandes errores en la lucha contra el Sida, abordándola desde la prevención, promocionando el uso del preservativo masculino y femenino como únicas medidas de protección frente a estas infecciones y fomentando el diagnóstico precoz de la infección por VIH, en todas las instituciones sanitarias para disminuir la transmisión de las infecciones, con el fin de reducir el porcentaje de casos no diagnosticados y facilitar el tratamiento en los casos necesarios.

Con este II Plan, queremos seguir proporcionando un cambio en la actitud personal y social frente a este fenómeno, ampliando acciones que sirvan como instrumento de control y prevención de la infección, y de mejora sustancial en el abordaje sanitario, social y laboral de las personas que conviven con el VIH.

El 23 de marzo de 2015 se aprueba el II Plan de actuacion frente al VIH y otras Infecciones de Transmisión sexual en la ciudad Autónoma de Ceuta 2015-2017, en el Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta, con el objetivo de disminuir la incidencia de la infección por VIH y otras ITS y la mortalidad relacionada con el VIH/SIDA en la población residente en nuestra ciudad.

I PlanVIH

II Plan de actuacion frente al VIH y otras Infecciones de Transmisión sexual en la ciudad Autónoma de Ceuta 2015-2017

I Plan de Actuación frente al VIH/SIDA en la Ciudad Autonoma de Ceuta (2011-2013)

Encuesta de Habitos Sexuales

CAMPAÑA ITS

Las infecciones de transmisión sexual (ITS) son una amenaza creciente que se esta extendiendo en nuestra sociedad y que en los últimos años se esta convirtiendo en un grave problema de salud publica en nuestro país, aumentando cada año y con mayor frecuencia en adolescentes y jóvenes.

Se calcula que todos los años se producen más de 340 millones de nuevos casos curables, como infección por sífilis, gonorrea, clamidias y trichomonas. También se producen todos los años millones de infecciones de transmisión sexual atribuibles principalmente al VIH, herpes, virus del papiloma humano, virus de la hepatitis B.

ITSDescargar Díptico 

 

 

Donde Estamos

Área de Prevención del Sida. Consejería de Sanidad
c/ Capitán Claudio Vázquez. Edificio La Reina. Bajo 4-5. 51002 - Ceuta.

Información sobre el Sida

¿QUÉ ES EL SIDA?

Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. El sida es un estado avanzado de la infección causada por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), que provoca la destrucción progresiva del sistema inmunitario.

En una primera fase, el VIH se multiplica activamente en las células infectadas. El sistema inmunitario responde disminuyendo la presencia de virus en la sangre, aunque no impide que los virus sigan presentes y continúen afectando a otros órganos. Durante varios años el organismo puede permanecer en esta situación de aparente equilibrio, pero el VIH se sigue multiplicando en las células e infectando otras nuevas. Finalmente, si no se accede al tratamiento se produce un debilitamiento paulatino de las defensas del organismo. Aparecen entonces los signos y síntomas propios de la enfermedad que definen el sida.

¿CÓMO SE TRANSMITE EL VIH?

A través de cuatro fluidos: la sangre, el semen, las secreciones vaginales y la leche materna de las personas infectadas tienen una concentración suficiente de virus como para transmitirlo. Para que se produzca la infección es necesario que el VIH penetre en el organismo y entre en contacto con la sangre o mucosas (revestimiento del interior de la boca, vagina, pene y recto) de la persona. Las vías de contacto son:

  • Vía sexual: en las relaciones sexuales con penetración (anal, vaginal u oral) sin preservativo. La penetración anal es la práctica de mayor riesgo, seguida de la vaginal. Cuando una persona presenta otras infecciones de transmisión sexual (ITS) el riesgo de infección por VIH aumenta. Las relaciones sexuales orales tienen mucho menor riesgo, especialmente sin eyaculación.
  • Vía sanguínea: al compartir jeringas, agujas, otro material de inyección o cualquier instrumento cortante que haya estado en contacto con sangre infectada.
    El intercambio de instrumentos punzantes y cortantes no esterilizados para perforaciones en la piel como los utilizados para tatuajes, "piercing", acupuntura, perforación de orejas, etc. supone también un riesgo.
  • Vía vertical (madre-hijo/a): cuando la mujer es seropositiva, la transmisión del virus puede tener lugar durante el embarazo, el parto o la lactancia.

¿CÓMO NO SE TRANSMITE EL VIH?

El VIH no se transmite con: besos, caricias, WC públicos, duchas, tos, estornudos, vasos, cubiertos, alimentos, lugares de trabajo, colegios, gimnasios, piscinas...
Tampoco se transmite
a través de la saliva, las lágrimas o el sudor, ni por picaduras de insectos o por el contacto con animales domésticos.
La donación de sangre y las transfusiones controladas no comportan riesgo alguno de infectarse.

¿CÓMO SE PREVIENE LA TRANSMISIÓN DEL VIH?

  • Manteniendo relaciones sexuales sólo con una pareja que no esté infectada por el VIH y que a su vez dicha pareja no mantenga relaciones sexuales con otras personas.
  • Usando correctamente un preservativo cuando mantenga relaciones sexuales con penetración (vaginal, anal, oral) con personas infectadas o de las que desconoce si lo están. El preservativo (masculino y femenino) impide la transmisión del VIH, otras infecciones de transmisión sexual y los embarazos no deseados.
  • Conociendo su estado serológico y el de su pareja.
  • Conociendo el riesgo de exposición de las distintas prácticas sexuales.
  • Utilizando siempre material estéril y evitando el uso compartido de jeringuillas, agujas y otros útiles de inyección, si consume drogas inyectadas.
  • Utilizando siempre instrumentos para perforar la piel (agujas de acupuntura, tatuajes o el piercing) de un solo uso o estériles. No compartiendo cuchillas de afeitar ni cepillos de dientes.
  • Si está embarazada y tiene el VIH, hay tratamientos que reducen eficazmente el riesgo de transmisión del virus a su futuro hijo o hija durante el embarazo y parto. Una madre infectada no debe dar el pecho a su bebé.

Plan sobre drogas Y OTRAS CONDUCTAS ADICTIVAS

{jathumbnail off}

El Plan Sobre Drogas y Otras Conductas Adictivas ( PSDOCA), es una institución pública que pertenece a la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, siendo el referente de adicciones con o sin sustancias en nuestra ciudad. Sigue las líneas prioritarias que se marcan desde el Plan Nacional Sobre Drogas del Ministerio de Sanidad.

Es el instrumento a través del cual se promueven y consolidan todas las aciones encaminadas a afrontar el fenómeno de las adicciones.

 

Formularios de solicitud de tratamientos

Tratamiento en la Unidad de Conductas Adictivas (UCA)

Tratamiento para dejar de fumar

 

Accede al nuevo espacio del PSDOCA

QR PSDOCAhttps://adicciones.ceuta.es

Regulación reconocimiento interés sanitario

Regulación del reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico

2.384.- Decreto de la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, que regula el reconocimiento de interés Sanitario para actos de carácter científico. (BOCCE 4.109)

Tras la asunción efectiva por la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes de la competencia en materia de sanidad, reconocidas en el art. 21.1.19ª de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía para Ceuta y traspasadas por el Real Decreto 32/1999, de 15 de enero, se hace precisa la regulación de las materias incluidas en el mismo, adaptando la normativa existente a las peculiaridades derivadas de la organización propia de la Ciudad. En este orden de cosas, este Decreto pretende la regulación del procedimiento para el reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico que se celebren en Ceuta, con la finalidad de ofrecer un marco unitario que recoja todos los acontecimientos que puedan redundar en el intercambio de conocimientos científicos.

En su virtud, y de acuerdo a las competencias atribuidas por la normativa antes mencionada y los Decretos de la Presidencia de la Ciudad de 12 y 16 de febrero de 2001, Vengo en Disponer:

Artículo 1.º- La Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes podrá reconocer como de interés sanitario aquellos actos de carácter científico que, organizados e la ciudad de Ceuta por corporaciones, fundaciones asociaciones y cualesquiera otras entidades de naturaleza pública o privada, tiendan a promover la ampliación y difusión de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud.

Corresponde a la Subdirección General de Sanidad y Consumo, previos los informes y asesoramientos que estime procedentes, elevar la propuesta sobre el reconocimiento de dicho interés.

Artículo 2.º- Los organizadores del acto para el que se pretenda el reconocimiento de interés sanitario habrán de dirigir solicitud al efecto a esta Consejería (a través del Registro General de la Ciudad) al menos tres meses antes de su celebración, con indicación del lugar y fechas previstas, y a la que se acompañarán los siguientes datos:

  1. Programa científico, que incluya un avance o síntesis de las comunicaciones o ponencias que se van a desarrollar.
  2. Presupuesto económico con expresión de la cuota establecida a los asistentes y, en su caso, otros medios de financiación del acto.
  3. Datos referentes a la asociación o entidad organiza dora. Si se trata de una asociación deberán constar los siguientes datos:
    1. Nombre de la Entidad
    2. Domicilio Social
    3. Junta Directiva
    4. Número de socios o miembros que la integra.
    5. Publicaciones que edita.
    6. Actos científicos y/o de interés sanitarios organizados por la asociación en los últimos cinco años.

En caso de ser una entidad de otra naturaleza, se harán constar los datos expresados en los apartados 1, 2, 3, 5 y 6.

Artículo 3.º-

1.- El reconocimiento de interés sanitario por parte de la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes dará lugar a las siguientes facultados:

  1. El uso de este título en toda clase de documentación, a continuación de la denominación del acto.
  2. El disfrute de las exenciones que las leyes reconocen a favor de estos actos.
  3. Recabar la ayuda técnica y el asesoramiento de la Ciudad que ésta pueda facilitar.

2.- El Comité organizador o, en su defecto, los órganos directos de la asociación o entidad organizadora del acto, estarán obligados a remitir las conclusiones o acuerdos adoptados a la Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes, en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de celebración del acto reconocido de interés sanitario.

El incumplimiento de esta remisión dará lugar a la inadmisión de las siguientes solicitudes que la misma Entidad pudiese realizar.

Artículo 4.º- A los efectos de la presente resolución, todas las asociaciones científicas de carácter sanitario que se encuentran reconocidas de forma oficial (en el Estado o en la Ciudad) de acuerdo a su normativa reguladora, deberán presentar la acreditación de dicha inscripción con la presentación de la  solicitud.

Artículo 5.º- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos anteriores, a todos acto científico le será de aplicación la normativa vigente en materia de publicidad y promoción médico- farmacéutica, así como a la justificación del destino y utilización de los rondos recibidos como ayudas y subvenciones.

Disposición Final.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.


Así lo provee, manda y firma el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes, D. Justo Ostalé Blanco, en Ceuta, a treinta de mayo de dos mil uno.

Utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos

Información pública de los requisitos establecidos para la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos, fuera del ámbito sanitario.

ANTECEDENTES DE HECHO

El Plan de Salud de la Ciudad Autónoma de Ceuta 2008-2011, aprobado en el Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, el 17 de diciembre de 2007, contempla entre sus objetivos la disminución de la mortalidad asociada a las enfermedades cardiovasculares. Para ello entre las acciones a desarrollar se encuentra la ejecución de intervenciones inmediatas para atender a personas con signos de sospecha de Síndrome Coronario Agudo.

La actuación ante una situación de muerte súbita de origen cardiaco, debe formar parte de una acción integral, que permita una asistencia al paciente en el menor tiempo posible y garantice la continuidad asistencial sobre la persona afectada. La primera persona que actúa en esta situación, que tiene el contacto inicial con el paciente, tiene que identificar el paro cardiorrespiratorio, alertar a los servicios de emergencia e iniciar las maniobras de soporte vital.

Más del 85% de todas las muertes súbitas son de origen cardiaco y más del 90% son extrahospitalarias. En un 85% de las personas que sufren parada cardiaca extrahospitalaria, la causa principal es la fibrilación ventricular. La posibilidad de identificar y revertir las arritmias letales (desfibrilación) constituye la herramienta más eficaz para mejorar la expectativa de supervivencia del paciente. Los desfibriladores externos semiautomáticos, son unos dispositivos que permiten identificar sin errores las arritmias potencialmente graves de la víctima, y solicita al operador que descargue un choque eléctrico si estuviera indicado. Estos aparatos, por sus características, pueden ser utilizados por personal no sanitario adecuadamente formado para su uso en cualquier lugar, permitiendo una primera actuación que, por su inmediatez, son la herramienta más eficaz para restablecer la circulación espontanea en los casos de muerte súbita.

Obra en el expediente informe favorable del Jefe de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud con el contenido del anexo al presente Decreto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Ley Orgánica 1/95, de 13 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, señala en su artículo 30: «La Ciudad de Ceuta se regirá en materia de procedimiento administrativo Común, por lo establecido con carácter general, por la Legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad, establecidas por el prsente Estatuto».

2.- R.D. 32/99, de 15 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta, en materia de Sanidad, dispone en su anexo B a) La organización, programación, dirección, resolución, control, vigilancia, tutela, así como la sanción e intervención de las actividades y servicios de competencia de la Administración Sanitaria del Estado relacionados con los párrafos d) a 1) de este epígrafe j) los programas sanitarios tendentes a la protección y promoción de la salud, tales como los de higiene maternal, infantil, escolar, industrial, laboral, ambiental, deportiva, mental, así como las acciones sanitarias permanentes en materia de enfermedades transmisibles y no transmisibles, antropozoonosis y educación sanitaria.

3.- La Consitución Española en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública, a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

4.- La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en sus artículos 1.1 y 6.4 establece la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud y orienta las actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias a garantizar, entre otras, la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud.

5.- R.D. 365/09, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario, en su art. 5 dispone «Las Administrciones Sanitarias de las Comunidades Autónomas promoverán y recomendarán la instalación de los DESA, de acuerdo con las indicaciones o recomendaciones de los organismos internacionales, en aquellos lugares en que se concentre o transite un gran número de personas».

Asimismo, las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas promoverán los mecanismos de coordinación oportunos con dispositivos tales como protección civil, bomberos, policía local y otros que fuesen necesarios, para extender la instalación y uso de los DESA. Por su parte el artículo 6. del texto de referencia señala que: «Las Comunidades Autónomas establecerán los
mecanismos necesarios para autorizar el uso de los DESA a todas aquellas personas que estén en posesión de los conocimientos mínimos y básicos necesarios para ello. Los programas de formación, tanto inicial como continuada, para el personal no sanitario, serán organizados tanto por las Comunidades Autónomas como por entidades públicas o privadas».

El programa de formación deberá, al menos, desarrollar los siguientes contenidos:

  1. Identificación de las situaciones susceptibles de uso de desfibradores.
  2. Utilización del desfibrilador semiautomático externo.

6.- Decreto del Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 21 de junio de 2007, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, Extraordinario n.º 9, por el que se nombra Consejera de Sanidad y Consumo, a la Excma. Sra. D.ª Adela María Nieto Sánchez, resultando ser competente para la tramitación de los expedientes en materia de sanidad, salud pública e higiene.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Todas aquellas personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, que deseen ser autorizadas para el uso de desfibriladores automáticos y semiautómicas, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 365/09, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciiones y requisitos mínimos de seguirdad y calidad en utilización de desfibriladores autormáticos y semiautómaticos externos fuera del ámbito sanitario, deben cumplir los requisitos y condiciones establecidos en el anexo al presente Decreto, previa presentación de la documentación requerida y autorización de esta Consejería con el correspondiente resolución expresa.

2.- En cualquier momento los órganos competentes de la Consejería de Sanidad y Consumo, podrán inspeccionar las entidades o empresas formadoras así como todas aquellas instalaciones que dispongan de un DESA con el objeto de comprobar su adecuación al presente Reglamento.

3.- La vigencia de la autorización será de cinco años. El interesado deberá solicitar con una antelación mínima de tres meses a la fecha de finalización de su vigencia, la renovación, que será concedida tras comprobar que se cumplen los requisitos exigidos. En caso de mantenerse las condiciones que permitieron la autorización se aportará declaración jurada, si se han modificado se aportará documentación justificativa.

4.- Asimismo se podrá revocar la autorización concedida por incumplimiento de los requisitos exigidos o por no haber desarrollado actividades de formación durante un período ininterrumpido de dos años, previa resolución expresa.

Ceuta, a 4 de agosto de 2009.- VºBº EL PRESIDENTE.- P.D.F. LA CONSEJERA.- (Decreto de la Presidencia 01/04/08).- Fdo.: Adela María Nieto Sánchez.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.


Decreto de 28 de junio de 2010, por el cual se da información de los cursos de formación, autorización, requisitos y condiciones para
el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos, fuera del ámbito sanitario. (BOCCE N.4.971)

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

2.318.- La Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Consumo, ha promulgado Decreto n° 7528 de fecha 28-06-2010, cuyo tenor literal es el siguiente:

DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO

En el Bocce n° 4871 de 21 de agosto de 2009 se publica decreto de esta Consejería, relativo a la autorización para el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuero del ámbito sanitario, con los requisitos y condiciones establecidos en el anexo del acto administrativo de referencia.

Por un error en la transcripción del decreto se omiten los anexos de requisitos, condiciones y curso de formación para su uso, debiéndose proceder a la subsanación del error.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Ceuta, disponiendo en su art. 30.- La Ciudad Autónoma de Ceuta se rige, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones, expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estado.

Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 105.2 señala que «las Administraciones Públicas podrán asismismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o instancias de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

2.- En el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta de 06/11/09, se publica Decreto del Excmo. Sr. Presidente, disponiendo el nombramiento de D.ª Adela María Nieto Sánchez como Consejera de Sanidad y Consumo, delegando la competencia en materia de Sanidad e Higiene.

PARTE DISPOSITIVA

Publíquense los anexos relativos a los cursos de formación, autorización, requisitos y condiciones para el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.

ANEXO

1.- Requisitos y obligaciones que deben cumplir los solicitantes para ser autorizados. Podrán ser autorizados personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que deseen utilizar DESA bien en un centro, o bien en un domicilio particular, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Disponer de un espacio visible y señalizado para su ubicación, identificando la marca, modelo y número de serie y estar autorizadas e inscritas en el Registro relativo al uso de DESA por personal no sanitario de Ceuta.
  2. Contar con persona con la formación adecuada, acreditadas para ello en la forma prevista en este Reglamento e inscrito en el Registro.
  3. Disponer de póliza de seguro de responsabilidad civil por los daños que eventualente pudieran surgir por la utilización del desfribrilador, salvo que se trate de organismos o instituciones públicas o privadas o domicilios particulares.
  4. Garantizar su conservación y mantenimiento, siendo responsable el titular de la empresa o entidad.

Obligación de contactar inmediatamente con el Centro coordinador de Urgencias teléfono 112, para garantizar la continuidad asistencial y el control médico sobre la persona afectada. En el plazo de una semana deberá elaborar un informe que remitirá al Servicio de Prevención y Promoción de la Salud de la Consejería de Sanidad y Consumo, acompañado de información sobre el episodio registrado en el DESA.

En el caso de domicilios de particulares, se aportará además, informe de un facultativo en el que se haga contar la identificación del paciente que se beneficiaría de su posible utilización, así como la patología de base que, con criterios de evidencia, tiene como tratamiento específico la desfibrilación eléctrica.

2.- Documentación para la autorización de las entidades o empresas con desfibrilador externo semiautomático para su uso por personal no sanitario.

  1. Nombre, dos apellidos y NIF de la persona titular o representante legal de la entidad o empresa que disponga del DESA y documentos acreditativos correspondientes.
  2. Nombre y domicilio de la entidad o empresa.
  3. Marca, modelo y número de serie de cada uno de los DESA, nombre del fabricante o distribuidor. Número del organismo notificado que ha otorgado el marcado CE.
  4. Espacio físico, visible y señalizado, donde estará situado el DESA (aportar plano) o si se trata de un vehículo señalar su ubicación.
  5. Nombre y DNI de las personas autorizadas para hacer usp deñ DESA.
  6. Actividades de mantenimiento del DESA previstas.

3.- Empresas formadores y programa de formación/reciclaje. El programa de formación básico inicial y de formación continuada es:

Relación instructores/alumnos: 1/8.

Número de horas: 8.

Contenido:

    1. Soporte vital básico: 3 horas (30 minutos teoría, 2 horas y 30 minutos prácticas) - cadena de supervivencia reconocimiento ataque cardíaco, paro cardíaco. Importancia de la desfibrilación precoz. Resucitación cardiopulmonar básica.
    2. Desfibrilador Externo Semiautomático: 3 horas y 30 minutos (30 minutos teoría y 3 horas prácticas). Descripción del DESA. Protocolos de utilización. Mantenimiento, recogida de datos. Seguridad del paciente y del operador.
    3. Evaluación: 1 hora y treinta minutos (30 minutos teoría y 60 minutos prácticas).

    Programa de reciclaje.-

    1. Deberá realizarse y superarse cada dos años para mantener la autorización. Relación instructores/alumnos: 1/18. Duración: 4 horas.

Contenido:

Recordatorio teórico soporte vital básico, Desfribrilador Externo Semiautomático: 1 hora.

    Prácticas soporte vital básico y desfibrilador externo semiautomático: 2 horas.
    Evaluación práctica: 1 hora.
    Requisitos mínimos para la autorización de entidades o empresas formadoras.
    1.- Ubicación: locales adecuados que, como mínimo dispongan de aula para teoría con capacidad suficiente, aulas de prácticas con una superficie de dos metros cuadrados por alumno y tantas aulas como módulos simultáneos se realicen.
    Responsable de la formación: Instructor acreditado en soporte vital básico o avanzado.
    2.- Programa docente, adaptado al Anexo VII.

4. Material didáctico:
    - Material bibliográfico: manuales y material audiovisual elaborados según las recomendaciones de la American Heart Association
o European Resuscitation Council.
    - Material audiovisual.
    - Material de prácticas:
    - Maniquí-simulador para soporte vital básico que permita liberación de la vía aérea, ventilación artificial y masaje cardíaco externo, así como uso del desfibrilador externo semiautomático.
    - Resucitador manual con mascarilla, bolsa reservorio.
    - Cánulas orofaríngeas de diferentes tamaños.
    - Un DESA de formación por maniquí.

5.- Documentación:

    a.- Nombre, titularidad y razón social de la entidad o empresa frmadora (copia compulsada del DNI o CIF).
    Copia compulsada de la titulación del responsable de la formación y de su acreditación como instructor en soporte vital básico o avanzado.
    b.- Datos mínimos de inclusión en el certificado acreditativo de superación del curso y que se entregará al alumno.
    1.- La entidad o empresa formadora autorizada comunicará al Servicio de Prevención y Promoción de la Salud, por escrito y vía Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta o por cualquier medio de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con dos meses de antelación, el comienzo de la actividad formativa adjuntando una memoria describiendo la actividad que se va a desarrollar y comprobándose por dicho Servicio la adecuación a los requisitos establecidos, vía visita de inspección y levantamiento del acta correspondiente con carácter previo al inicio de curso de referencia.

    Al finalizar la actividad y en e plazo de quince días la entidad formadora deberá remitir a este Servicio, una memoria, firmada por todos los formadores o el coordinador del curso, en la que se incluya una relación nominal de los alumnos que hayan superado la formación.

    Las entidades o empresas autorizadas que impartan la formación, expedirán, tras la realización y superación de las pruebas de evaluación correspondientes, un certificado acreditativo.

    Este certificado se ajustará al modelo presentado en la memoria de solicitud de autorización e incluirá, al menor, la siguiente información:
    - nombre y dos apellidos.
    - DNI.
    - Profesión y centro de trabajo.
    - Centro, entidad o empresa formadora.
    - Título del curso e indicación de si corresponde a la formación inicial o a las renovaciones.
    - Número e horas teóricas y prácticas.
    - Fecha de expedición y caducidad.
    - Firma del responsable docente del centro, entidad o empresa formadora.
    - Referencia a la resolución administrativa de autorización de la entidad o empresa formadora.

La certificación expedida por la empresa formadora tendrá una validez por un periodo de dos años, siendo imprescindible para su renovación, superar el curso de reciclaje antes de que transcurran los dos años de su expedición, en el caso de no superar el curso
de reciclaje, será necesario superar nuevamente el curso inicial de formación para obtener la certificación.

Ceuta, a 02-07-2010.- V.º B.º EL PRESIDENTE, P.D.F. LA CONSEJERA.- Fdo.: Adela M.ª Nieto Sánchez.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.