La Ciudad Autónoma de Ceuta se adelantará y a partir del miércoles, 9 de junio, se podrán obtener los certificados COVID Digital de la Unión Europea a través de la sede electrónica de la Ciudad y haciendo uso del certificado electrónico.
La Consejería de Fomento y Turismo, a través Área de TSI, y la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación, van a poner a disposición del ciudadano a través de la sede electrónica de la Ciudad la opción de obtener el certificado COVID Digital de la Unión Europea. Con este documento los ceutíes podrán viajar por la Unión Europea con garantías, pues mediante la presentación de este documento, que incluye un código QR, el país de destino podrá comprobar si el ciudadano está vacunado o si se ha recuperado de la enfermedad en los últimos seis meses.
A partir del día 9 en la sede electrónica de la Ciudad sede.ceuta.es o en la propia web www.ceuta.es se habilitará un acceso específico para que los ciudadanos, mediante el uso de cualquier dispositivo electrónico con acceso a certificado digital, puedan emitir su certificado COVID Digital de la UE. La Ciudad Autónoma de Ceuta se une a otras Comunidades Autónomas que han adelantado la fecha de emisión de los certificados COVID Digital de la Unión Europea, ofreciendo este servicio esencial para todas aquellas personas que quieran viajar a países de la Unión Europea.
En este sentido, y siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad y los plazos previstos, a partir del próximo martes, día 15, la Ciudad habilitará la posibilidad de que los ciudadanos que no cuenten con certificado electrónico puedan solicitar su certificado COVID Digital de la Unión Europea en diferentes dependencias de la Ciudad.
La versión digital puede almacenarse en un dispositivo móvil. Los ciudadanos también pueden solicitar una versión en papel. Ambos tendrán un código QR que contendrá información esencial, así como una firma digital para asegurarse de que el certificado es auténtico.
Libre circulación
El Certificado COVID Digital de la UE tiene por objetivo la libre circulación segura de los ciudadanos en la UE durante la pandemia de COVID-19 y estará disponible en todos los países miembros desde el 1 de julio.
Al viajar, el titular del Certificado COVID Digital COVID de la UE debe, en principio, quedar exento de las restricciones a la libre circulación: los Estados miembros deberán abstenerse de imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un Certificado COVID Digital de la UE, a menos que dichas restricciones sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública.