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Jue, Nov

La Ciudad modifica la Ordenanza del IPSI para rebajar el tipo aplicable al textil y al calzado

Hacienda
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El Pleno de la Asamblea ha aprobado inicialmente una doble modificación de la Ordenanza del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) para rebajar los tipos de gravamen aplicables al sector del textil y calzado, que pasan del 10 y 7% respectivamente, al 5%. Todo ello con el objetivo de evitar la “deslocalización” de empresas y, con ello, la posible pérdida de renta o empleo.

En su exposición, la consejera de Hacienda, Economía y Función Pública, Kissy Chandiramani, ha recordado que el Gobierno de la Ciudad viene trabajando en una reconversión del sector comercial, especialmente desde el cierre de la frontera. “A este colapso se suma el tsunami de la COVID-19”.

La titular del área de Hacienda se ha referido a la pretensión del Ejecutivo local de convertir a Ceuta en una ciudad “libre de impuestos”, reduciendo al 0,5% todos los tipos. Una aspiración que la Ciudad retomará una vez que pase la crisis causada por la pandemia, tal y como ha indicado Chandiramani.

La consejera ha defendido la “larga trayectoria” del sector comercial, capaz de ofrecer “los mejores servicios” a los ceutíes y visitantes. Asimismo, y a consecuencia de lo sucedido en los últimos meses, las entidades empresariales plantearon la posibilidad de equiparar la “diferencia competitiva” existente con Melilla en cuanto a los tipos aplicables al textil y calzado. “Entendimos esta reivindicación porque puede ser una causa de deslocalización de las empresas dedicadas a estos dos sectores y, con ello, el cierre de estas, la pérdida de renta o de empleo”.

Por ese motivo, la Ciudad ha mantenido diversas reuniones con las entidades empresariales así como la Delegación del Gobierno para llevar a cabo la rebaja al 5% en lugar del 10 y 7% vigente.

Al margen de esta reducción, el expediente que se ha aprobado hoy inicialmente en el Pleno incorpora otra modificación, en este caso concerniente a suprimir la “penalización”, en forma de reducciones porcentuales vigentes (5% al mes), en la devolución de la cuota satisfecha del IPSI. Supresión en el marco de las devoluciones por exportación realizadas por empresarios acogidos al Régimen Especial de Depósito.