El Consejo de Gobierno ha aprobado una propuesta de la Consejería de Fomento para que los titulares de viviendas de promoción pública sobre los que la Ciudad Autónoma de Ceuta tengan un derecho de crédito a su favor (garantizado mediante hipoteca o con garantía personal de cláusula de resolución), puedan refinanciarlo y/o ampliarlo con los importes correspondientes a los vencimientos cumplidos y no abonados. Con esta medida, el Ejecutivo hace frente a los problemas que algunos de estos adjudicatarios están teniendo para hacer frente a su deuda, tal y como ha explicado la portavoz accidental, Yolanda Bel, al término del Consejo de Gobierno.
Para ello, los posibles beneficiarios deberán cumplir con los tres requisitos que se han establecido: que la renta de los miembros de la unidad familiar no supere el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el antiguo Salario Mínimo Interprofesional, actualmente establecido en 532,51 euros mensuales), que la vivienda objeto de la solicitud sea el domicilio habitual del solicitante y que ni éste ni ninguna de las personas empadronadas en la vivienda sea propietario de otra casa.
La refinanciación podrá ser solicitada por aquellos titulares de viviendas que cumpliendo con los requisitos anteriores sumen más de tres vencimientos impagados. Se realizará acumulando el capital pendiente de amortización en el momento de la solicitud y el importe de los vencimientos impagados sin considerar la posible bonificación aplicada a los mismos, incluyendo capital e intereses. El límite fijado para ello se establece en 50 años, de modo que ampliando el plazo de pago los beneficiarios pueden establecer así una menor cuota mensual. La determinación de los plazos dependerá del nuevo importe del crédito.
Renuncia sin deuda o cambio por alquiler
Asimismo, la medida aprobada por el Consejo de Gobierno establece la posibilidad de que el titular de una vivienda de protección oficial gravada con un crédito a favor de la Ciudad podrá ofrecer a esta Administración la plena propiedad a cambio de la liberación y extinción de la obligación de pago contraída por la adquisición de la casa. En este caso, la Ciudad adjudicaría de nuevo la vivienda.
Del mismo modo, el titular de la VPO que renuncie a la propiedad podrá solicitar el arrendamiento de su casa. En estos casos, el beneficiario puede incluir una opción de compra en el contrato de arrendamiento que podrá ser ejercida en cualquier momento.
Bonificaciones
Por último, los titulares de contratos de arrendamiento de viviendas promovidas por el Ministerio de Fomento a través de SEPES y que hayan sido cedidas a la Ciudad con independencia de su calificación (es decir, las de Loma Colmenar, Sidi Embarek y Poblado Legionario) podrán acceder al sistema de bonificaciones establecido por la Ciudad para las viviendas de promoción pública.