El Pleno de la Asamblea ha dejado sin efecto el artículo 15 de la ordenanza que regula la concesión de cédulas de habitabilidad en cumplimiento de una setencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Se trata del artículo que el Pleno modificó en aras a establecer un régimen especial para que en aquellas viviendas realizadas sin la preceptiva licencia o contraviniendo los términos de la misma se pudiera autorizar con carácter excepcional la contratación provisional de los servicios básicos con las compañías suministradoras hasta tanto en cuanto se resolviera el procedimiento de legalización.
"Ya hemos iniciado los trabajos, para basados en la sentencia y en la normativa de aplicación, iniciar una nueva redacción que dé respuesta a la cuestión real de la existencia de casas que no pueden tener acceso a suministros básicos [por carecer de esa cédula]", ha explicado la consejera de Fomento, Susana Román.
"La sentencia se basa en que la normativa de aplicación ha de ser la Ley del Suelo de 2008", ha ahondado la titular de Fomento, quien de esa manera ha resumido que se trata de un asunto competencial. "Dice la sentencia que la regulación que se pretende de las cédulas, y más específicamente, el artículo 15 en su regulación especial [que hoy ha dejado sin efecto el Pleno], excede de lo que es la mera competencia en vivienda como promoción y ordenación de la misma para afectar de lleno a la materia urbanística, que según la sentencia, excede la competencia de la Ciudad Autónoma".
"La única salida es traer a Pleno la aplicación de la sentencia, contra la que no cabe recurso, y poner en marcha, cosa que ya se ha hecho, el trabajo en busca de una solución que dé respuesta a la realidad dentro de la norma jurídica", ha terminado Román.