El Pleno de la Asamblea ha aprobado con carácter inicial una nueva redacción de la ordenanza fiscal por la prestación de servicios urbanísticos que incluye nuevas bonificaciones y que en ningún caso significa una subida tributaria. De hecho, las cuotas mínimas, que son las habituales, no sufren variación alguna en la nueva Ordenanza.
El consejero de Hacienda, Economía y Recursos Humanos, Emilio Carreira, ha explicado que la norma en cuestión lleva en vigor desde 2010 y que tomaba como base un estudio económico que, en la práctica, complicaba la concreción de los hechos imponibles. Carreira ha argumentado que esa situación "imposibilitaba, o como mínimo, dificultaba en exceso" la labor de los funcionarios y de los contribuyentes. Asimismo, la cuota tributaria se fijaba de acuerdo a fórmulas matemáticas complejas que dificultaban aún más la cumplimentación de las autoliquidaciones.
"Ello ha llevado al Gobierno a encargar un nuevo estudio económico del servicio que se presta, fijando, sin lugar a dudas, los distintos hechos imponibles que se someten a gravamen; y a diseñar una fórmula de cálculo simple, fijando la cuota tributaria solo en función de los metros cuadrados sobre los que se lleva a cabo la prestación", ha informado el consejero.
En cuanto a las bonificaciones, el nuevo texto mantiene las objetivas, que se aplican en función de la categoría fiscal donde radica el inmueble, e incorpora otras, acumulables a las objetivas, que denomina bonificaciones subjetivas y que se aplican en función de las condiciones particulares de los contribuyentes.
En ese grupo están las bonificaciones del 50% para quienes tengan más de 65 años, para quienes pertenezcan a una unidad familiar con ingresos brutos anuales inferiores a 9.000 euros, que es lo establecido en el artículo 75 de la ordenanza fiscal general, y para quienes sean titulares de familia numerosa. En este último caso, la bonificación será del 90% cuando los ingresos brutos anuales de la familia numerosa estén por debajo de los 18.000 euros.