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Vie, Ago

El Pleno de la Asamblea modifica los artículos de la Ordenanza fiscal del IPSI sobre la exención en régimen de viajeros y la tributación de obra pública

Hacienda
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El Pleno de la Asamblea ha aprobado con carácter inicial una modificación de los artículos de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importanción número 16, que regula la exención en régimen de viajeros, y 33, relativo a lo que tributa la obra pública.

Respecto del primero, reestablece el límite en 90,15 euros, que era lo fijado desde la entrada en vigor del IPSI en enero de 1997 hasta la entrada en vigor de la Ley de medidas tributarias 16/2012, que equiparó la exención del régimen de viajeros a la establecida en el IVA, que es de 430 euros.

El consejero de Hacienda, Economía y Recursos Humanos, Emilio Carreira, ha explicado que toda vez que la Ley 11/2013 de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y de la creación de empleo, vuelve a modificar la ley del IPSI, la Ciudad queda habilitada, como hace, a reducir ese importe vía ordenanza hasta el límite anterior, el fijado en 90,15 euros.

En relación al artículo 33, la modificación aprobada por el Pleno de la Asamblea a propuesta de la Consejería de Hacienda, Economía y Recursos Humanos consiste en someter la obra pública, independientemente del uso al que se destine la misma, al 10% (el texto antiguo fijaba un tipo del 4% para los casos en los que el objeto de la operación era la ejecución de edificaciones cuyo uso final fuera, mayoritariamente, destinado a viviendas).