El Pleno de la Asamblea ha aprobado concertar una operación de crédito por importe de 6,5 millones de euros para pagar la deuda comercial de la construcción del campus universitario. Lo previsto es llevar a cabo una operación similar y por esa cuantía cada año desde el ejercicio en curso hasta 2017. Hacerlo de forma fraccionada en vez de por los 26,5 millones que suma la deuda comercial del campus responde a una recomendación de los servicios técnicos, que entienden que, de esta manera, de mejorar las condiciones de crédito en el mercado financiero, como está ocurriendo, la Ciudad se puede beneficiar de esa ventaja.
De hecho, así ha sido ya. La operación que hoy ha respaldado el Pleno, y que se suscribirá con el Banco Sabadell Atlántico, implica un ahorro de 600.000 euros respecto de lo que hubiera supuesto la concertación de un préstamo por el importe total, ha recordado la consejera de Fomento, Susana Román, encargada de defender la propuesta en ausencia del titular de Hacienda.
El presidente de la Ciudad, Juan Vivas, explicó el 4 de febrero, al hacer balance de la situación de la Ciudad al cierre del ejercicio 2013, que esta manera de actuar resultaba ventajosa. También indicó que el Plan de Ajuste contemplaba la refinanciación de 50,2 millones de euros de deuda de la Ciudad y que se había cumplido en un 50%. Quedaban pendientes otros 26 millones, que por razones técnicas no se incluyeron en esa operación de refinanciación. Como alternativa, el Presupuesto recogía, "y así se trató en el debate", recordó entonces Vivas, que se procuraría refinanciar la deuda comercial del campus. A esto obedece lo abordado hoy por el Pleno a propuesta de Hacienda. A esos 6,5 millones que se conciertan se contraponen los 23 que se amortizarán de deuda este año.
Reglamento de tesorería y pagos
En relación al Reglamento de tesorería y ordenación de pagos, se compone de tres partes, la referida a cuentas y cajas de Tesorería, la relativa a la recaudación y la relacionada con la ordenación de pagos.
El título referido a Tesorería regula sus funciones: la posibilidad de suscribir convenios con entidades de crédito para abrir cuentas operativs, restringidas o de excedentes de tesorería, así como para concertar los servicios como entidad colaboradora en la recaudación o en la prestación del servicio de caja, correspondiendo, en todo caso, la competencia titular del área de Hacienda; los distintos tipos de cuentas y cajas y su utilización y las obligaciones contables o registrales. Para permitir una mayor desconcentración en la gestión de los fondos y una mayor agilidad en la atención de los pagos, se regula con amplitud el régimen de las cuentas de gastos de funcionamiento. También se regula el régimen de la Caja de Depósitos, sin perjuicio de la aplicación de la normativa general sobre la materia.
La brevedad del título sobre Recaudación obedece a que la normativa reguladora existente detalla suficientemente el procedimiento y las competencias en esta materia.
En cuanto al título de Ordenación de Pagos, se concretan algunos criterios generales y se regulan los procedimientos de reintegro de pagos indebidos, pagos en el extranjero y libramientos a justificar.