23
Sáb, Nov

La Ciudad reabre los parques infantiles con la entrada en vigor del nuevo decreto de Sanidad

Sanidad y Consumo
Tipografía
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

Este viernes ha entrado en vigor el nuevo decreto de la Consejería de Sanidad con medidas para prevenir la propagación de la COVID-19. Tal y como ha explicado hoy el portavoz del Gobierno, Alberto Gaitán, tras el fin del estado de alarma, el día 9, continúa siendo necesario el mantenimiento de algunas restricciones. Así, el decreto de Sanidad estará vigente durante 15 días y, pasado ese periodo de tiempo, se revisarán las medidas para adecuarlas a la evolución sanitaria.

En su comparecencia, el también consejero de Sanidad ha reiterado que la presión hospitalaria, especialmente en lo relativo al número de camas UCI ocupadas, continúa siendo muy alta, por lo que es necesario que la desescalada se lleve a cabo con prudencia. Teniendo en cuenta que la ciudad se mantiene en un nivel de alerta 3, no estará permitido, por el momento, la apertura del ocio nocturno.

Las principales modificaciones que se contemplan en este nuevo decreto son las siguientes:

1.- Restauración y hostelería

El horario de cierre de los establecimientos queda a las 0.00 horas y se elimina la limitación en las entregas a domicilio, al no existir el toque de queda.

En cuanto a los aforos: 30 % en interiores 75 % en terrazas (en el anterior estaba al 50 %). Sigue sin estar permitido el consumo en la barra.

En cuanto al número de comensales serán un máximo de 6 por mesa.

2.- Hoteles y alojamientos turísticos.

Ocupación zonas comunes: hasta el 40% (anterior del 30%).

3.- Vía pública

Recomendación de no fumar si no se respeta la distancia.

4.- Establecimientos y locales de juegos y apuestas

El horario de cierre será a las 0.00 horas y el aforo al 30 %

5.- Actividades e instalaciones deportivas

Actividad deportiva individual: grupos hasta 3 personas (anterior: grupos de hasta 2 personas).

Actividad deportiva federada: competiciones deportivas de fútbol 11 al aire libre, de ascenso a categoría nacional, con público con un aforo máximo permitido de zonas ocupadas será del 20%, con distancia de seguridad y con la designación de un responsable de supervisión (prohibido en el anterior).

6.- Parques infantiles

Se reabren (están cerrados desde el verano pasado, después del confinamiento).

7.- Academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada, centros de formación

El aforo no podrá superar el 50% (en el actual el 40%).

8.- Ceremonias religiosas

El aforo seguirá siendo del 30% sin superar las 75 personas

9.- Bibliotecas

El aforo pasa del 30% al 50%.

10.- Celebraciones

El aforo queda a un tercio en el interior y el 75% en el exterior (anterior: 30% del establecimiento), hasta un máximo de 24 personas en el interior (anterior: 20 personas) y 42 en el exterior (30 personas en el anterior).

11.- Playas y piscinas .

El aforo máximo en playas será del 75% (en el anterior era del 50%) y las piscinas al aire libre también quedarán al 75% (anteriormente estaban en el 30%).