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Vie, Ago

Turismo destina 100.000 euros en ayudas al transporte marítimo para colectivos no residentes

Turismo
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El Boletín Oficial de la Ciudad ha publicado, en una edición extraordinaria este lunes, día 17, la nueva convocatoria de ayudas directas a personas residentes fuera de Ceuta -también conocidos como ausentes-, que mantienen con la ciudad lazos familiares o afectivos de otra índole. Estas ayudas podrán solicitarse hasta el próximo 31 de diciembre y para ello se ha reservado una partida de 100.000 euros.

Es el segundo año que la Ciudad, mediante el área de Turismo, desarrolla este programa cuyo objeto promover la visita a Ceuta, y por tanto la actividad turística, mediante el otorgamiento de ayudas a personas pertenecientes a estos colectivos que residen fuera de Ceuta y que
mantienen con la misma, lazos familiares o afectivos, un numeroso grupo de personas compuesto básicamente por los familiares de los residentes, los que aquí nacieron o vivieron y ahora no residen, y los integrantes de las casas regionales de Ceuta existentes en el resto de España, los cuales vienen poniendo de manifiesto, desde hace tiempo y por distintas vías, que los altos precios del transporte marítimo que une Ceuta con la península representa un serio obstáculo para satisfacer el deseo de visitar la ciudad, ya sea para pasar unos días con sus parientes, asistir a reuniones familiares, celebrar determinadas festividades locales o simplemente para no perder el contacto con la tierra, en definitiva, para mantener vivos los lazos afectivos.

Por cada viaje de ida y vuelta entre Algeciras y Ceuta, la Ciudad satisfará, a través de Servicios Turísticos, el importe equivalente al 40% del precio del billete, tasas portuarias y comisiones de agencia incluidas, sin que la mencionada ayuda pueda superar la cantidad de 28 € para ambos trayectos de ida y vuelta. Previamente, los interesados deberán inscribirse en la base de datos que, al efecto, se ha creado por parte de Servicios Turísticos. La inscripción en el censo estará abierta durante los periodos recogidos en cada una de las convocatorias, y la vigencia del
mismo se prorrogará automáticamente para cada convocatoria. Aquellos beneficiarios que estuviesen incluidos en el censo creado por Servicios Turísticos en la convocatoria correspondiente al periodo 2016-2017, y que cumplan con los requisitos establecidos en el siguiente, serán inlcuidos automáticamente en el nuevo censo

En todo caso, tanto los viajes como los billetes habrán de cumplir los siguientes requisitos y condiciones:

  • El inicio del viaje siempre será en el puerto de Algeciras.
  • Los billetes serán individuales para cada pasajero, personales e intransferibles.
  • Un mismo beneficiario no podrá disfrutar del incentivo en un número superior al de tres viajes, de ida y vuelta, durante el plazo de vigencia de la convocatoria correspondiente.
  • Los billetes acogidos al incentivo podrán ser expedidos tanto por las Compañías Navieras como por las agencias de viajes, y deberán incluir obligatoriamente: nombre y apellidos, DNI o NIF, fechas y horas de los trayectos, así como el importe correspondiente a cada pasajero.
  • Cada beneficiario deberá de solicitar, a la naviera o agencia de viajes, que la emisión de su billete sea individual y que aparezca el importe del mismo.
  • Las solicitudes podrán presentarse directamente en las dependencias de Servicios Turísticos, o vía telemática a través de la pagina web www.ceuta.si. Los billetes deberán ir acompañados de la tarjeta de embarque correspondiente al trayecto Algeciras-Ceuta del viaje.

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