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Sáb, Ago

El Consejo de Estado dictamina la superioridad jerárquica del Estatuto de Autonomía sobre cualquier normativa local

Presidencia
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La consejera de Economía, Hacienda y Administración Pública, Susana Román, ha dado hoy cuenta del dictamen favorable emitido por el Consejo de Estado, máximo órgano consultivo, respecto del Reglamento del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma y que en sus conclusiones establece que el Estatuto de Autonomía de Ceuta prevalece sobre cualquier otra normativa de régimen local.

Román, que ha comparecido como portavoz accidental después de la reunión del Consejo de Gobierno, ha subrayado que este dictamen pone de manifiesto la superioridad jerárquica del Estatuto de Autonomía respecto a la Ley de Bases de Régimen Localyha recordado que el texto de 1995 había sido cuestionado por determinadas decisiones judiciales referidas a la autoorganización, el nombramiento de consejeros o viceconsejeros no electos y el número de trabajadores eventuales al final de la legislatura anterior. “Estamos realmente satisfechos con este dictamen porque el presidente ya tiene el respaldo del organismo con más solvencia en cuanto a a la emisión de este tipo de informes y un dictamen de este volumen y de este calado es para nosotros de las mejores noticias”, ha subrayado la consejera en su intervención ante los medios.

Precisamente por ello, el Gobierno decidió elevar al Consejo de Estado este reglamento, cuyo informe es “absolutamente favorable” y determina que la jerarquía normativa por la que se debe regir el Gobierno de Ceuta debe comenzar en el Estatuto de Autonomía y solo sería de aplicación primera de la Ley de Bases cuando la cuestión no esté especificada o contemplada en el Estatuto. La única limitación en el caso de nombramientos de cargos no electos es que no pueden sustituir al presidente de la Ciudad en su ausencia.

Por otra parte, el dictamen también hace algunas observaciones sobre el reglamento que van a ser tenidas en cuenta, se incluirán en el texto y se elevarán al Pleno de la Asamblea. Entre estas consideraciones que se establezca el límite en el número de eventuales .