Lunes28 Abril 2025

Noticias y Novedades

Botiquines

¿Qué es un botiquín?

Un botiquín puede ser cualquier armario, caja o maleta que pueda contener los medicamentos y el material sanitario necesario para poder atender y aliviar pequeñas molestias, síntomas leves o trastornos menores, en las condiciones necesarias.Sea cual sea el contenedor del material tendrá que estar convenientemente identificado.

¿Dónde hay que instalarlo?

Hay que instalarlo en un lugar idóneo:

  • Con temperatura y humedad poco elevadas.
  • Protegido de la luz.

Recuerde:

  • Un botiquín tiene que estar siempre cerrado pero tiene que tener un sistema de apertura fácil .
  • Tiene que estar fuera del alcance de los niños.

Contenido básico

El contenido de un botiquín se tiene que adaptar a la finalidad para la cual ha sido creado. Es diferente un botiquín familiar que el que tiene que haber en una fábrica, un colegio o un club deportivo.

Pero, en general, podemos decir que el contenido básico de un botiquín es el siguiente:

Medicamentos:

  • Alcohol
  • Agua oxigenada
  • Analgésicos y antitérmicos
  • Laxantes
  • Antidiarreicos
  • Antiácidos
  • Antialérgicos
  • Antitusígenos
  • Mucolíticos y expectorantes
  • Cicatrizantes
  • Antisépticos para la faringe
  • Productos o preparados de fitoterapia y homeopatía (si se da el caso)
  • Solución antiséptica (tintura de yodo / povidona yodada)

Material Sanitario:

  • Algodón hidrófilo
  • Compresas de gasa (estéril)
  • Vendas de gasa (de diferentes tamaños)
  • Venda elástica
  • Esparadrapo (de tela, de papel e hipoalérgico)
  • Tiritas cicatrizantes (suturas cutáneas)
  • Tijeras de punta redonda
  • Pinzas
  • Termómetro
  • Apósitos desinfectantes

Listado de teléfonos de urgencia

¿Qué NO tiene que haber en un botiquín?

  • Medicamentos caducados.
  • Medicamentos que nos recetaron hace mucho tiempo.
  • Medicamentos en mal estado.
  • Soluciones extemporáneas : suspensiones extemporáneas y fórmulas magistrales.
  • Medicamentos sin prospecto ni envase original.
  • Preparados oficinales sin fecha de caducidad.
  • Termómetro que no funcione.
  • Tijeras oxidadas.
  • Pinzas oxidadas.

Tipos de botiquín

El contenido de un botiquín estará en función de cuál tiene que ser su utilidad. Podemos distinguir diferentes tipos:

  • en casa
  • en el trabajo
  • en la escuela
  • de viaje
  • de campamentos, colonias
  • en el gimnasio o club deportivo
  • de emergencias: kits para catástrofes

Mantenimento del botiquín

Hay que hacer una revisión periódica de contenido:

  • Mínimo dos veces al año.
  • Revisión de los medicamentos.
  • Revisión del material sanitario.
  • Conservar los envases originales y los correspondientes prospectos.
  • Eliminar los medicamentos caducados, pero no tirarlos a la basura, llevarlos a la farmacia o a una planta de reciclaje.

Antes de Tomar un Medicamento

Pedid información

¿A quién la podéis pedir?

En primer lugar al médico, cuando nos visita, y nos explica la enfermedad y su tratamiento. Es el momento de pedirle todo tipo de información.

Después, en la farmacia, el farmacéutico nos puede ampliar la información y recordar la manera de tomar estos medicamentos que nos ha recetado el médico.

El médico o el farmacéutico nos pueden recordar siempre las instrucciones, pero mejor que las indiquen por escrito, así siempre las tendremos a mano para consultarlas en cualquier momento.

Hoy en día, en el ambulatorio de la Seguridad Social, nos dan unas recetas con dos hojas donde nos pueden escribir las instrucciones.

Receta

La receta facilita la comunicación entre el médico y el farmacéutico, y queda un volante para el paciente donde puede tener anotadas las instrucciones. Esta receta tiene dos hojas:

A. La primera hoja (es para la farmacia)

  • Prescripción: Nombre del medicamento. En qué forma (cápsulas, inyecciones, etc.). Dosis (cantidad de medicamento). Será diferente en niños que en adultos. Ejemplo: antibióticos de 250 o 500 mg.
  • Posología: Equivale a cómo tomar el medicamento y cuándo. Ejemplo: 1 cápsula cada 8 horas.
  • Duración del tratamiento: Cuántos días, semanas o meses.
  • Datos del paciente: Nombre y número de cartilla, domicilio y año de nacimiento.
  • Médico: Nombre, firma y fecha.
  • Farmacia
  • Advertencias para el farmacéutico: Si el médico quiere explicarle alguna cosa al farmacéutico. Ejemplo: una dosis fuera de lo corriente.
  • Cupones-precinto: Constatación de la dispensación.
  • Caducidad: A los 10 días.

B. Segunda hoja (es para el paciente).

En ella queda copiado el nombre del medicamento, la posología, la duración del tratamiento y, además:

  • Diagnóstico: Si quiere poner el médico qué enfermedad tenemos.
  • Instrucciones para el paciente (si hace falta).

Ejemplo: antes o después de comer, cucharada sopera o de café, etc.

  • Instrucciones del farmacéutico

Comprobad el nombre y las dosis

Antes de tomar el medicamento comprobad que el nombre y la dosis del medicamento son las prescritas por el médico. En último término, es el paciente el responsable de su tratamiento.

Fijaos en las instrucciones y en la fecha de caducidad

Nos fijaremos bien en las instrucciones y en la fecha de caducidad antes de tomar un medicamento.

En caso de embarazo o lactancia informad al médico

Embarazo
Una parte de los medicamentos que puede tomar una mujer embarazada llegan al feto a través de la sangre, lo cual, en algunos casos, puede ser perjudicial para éste. Por eso, si estáis embarazadas o pensáis estarlo próximamente, comunicadlo al médico. Durante el embarazo hay que tomar sólo los medicamentos recetados por el ginecólogo o médico de cabecera, que tiene que estar enterado de vuestro estado.

Lactancia
Si dáis el pecho a vuestro hijo, tened presente que algunos medicamentos que podáis estar tomando, es posible que pasen de vuestra leche a vuestro hijo.

comunicad al médico si tomáis otros medicamentos

Si sufrís enfermedades crónicas, por ejemplo, diabetes, insuficiencia renal o hipertensión, y vais a hacer una consulta al médico por otro problema, no olvidéis comunicarle vuestra enfermedad y lo que estáis tomando. Hay muchos medicamentos que se pueden interferir entre ellos y producir efectos inesperados o pérdida de eficacia.

Uso de Tranquilizantes y Adicción

Cuando hablamos de la dependencia a determinadas sustancias, muchas veces no tenemos en cuenta que hay fármacos que usados desproporcionadamente, fuera de su contexto y sin un control regular y estricto, pueden ser causantes de un proceso adictivo importante y difícil de controlar.

Éste es el caso de muchos psicofármacos, medicamentos usados para dar respuesta a problemas psicológicos y de conducta, cómo los ansiolíticos y los hipnóticos.

Cada vez hay más gente que, debido a un ritmo de vida acelerado, a la acumulación de tensiones y a la mala canalización de expectativas y sentimientos, puede desencadenar procesos importantes de ansiedad, insomnio y estrés. La respuesta a esta sensación de malestar psicológico es, en muchas ocasiones, la medicación. En estos casos, los fármacos son una ayuda, un cojín para encauzar un problema psicológico: ayudan a regular determinados neurotransmisores, y la respuesta a tal acción es una mejora sustancial de los síntomas negativos que percibe el afectado.

Ahora bien, desde hace tiempo nos encontramos con que una serie de elementos crean un problema que cada vez se agudiza más:

  • La prescripción de psicofármacos ha de ir acompañada de un tratamiento psicológico adicional. Si no se encuentra la verdadera causa del problema, difícilmente se llegará a una solución, y tampoco se tendrá la posibilidad de eliminar la toma del fármaco (cuya finalidad es la estabilización transitoria del problema, no la medicación crónica).
  • La presión por parte de los pacientes hacia los prescriptores obliga en muchos casos a decidir la toma de un determinado fármaco como la primera acción a emprender.
  • La adecuación de la posología por parte del paciente, atendiendo a su percepción subjetiva del problema, es una de las causas por las cuales muchos pacientes toman una dosis de medicamento superior a la recomendada.
  • En muchos casos, los efectos secundarios se pueden confundir con los síntomas de la propia enfermedad, y por lo tanto disminuye la posibilidad de adecuar el tratamiento o la posología.·Muchos psicofármacos producen dependencia psicológica y física, y este hecho (que no ha de ser preocupante si el paciente verdaderamente necesita tomar ese medicamento) obliga a que, cuando se tenga que retirar el fármaco (porque el afectado ya no lo necesite), la retirada deba ser lenta y progresiva, lo cual evitará posibles recaídas y el famoso "efecto rebote", que no es otra cosa que la percepción de los síntomas negativos que tenía el paciente antes de iniciar el tratamiento. En los casos en que el paciente decide, por cuenta propia, tomar una mayor dosis de fármaco, la retirada será más difícil y compleja.
  • El tema de la automedicación es otro elemento que hemos de valorar. En el caso de los psicofármacos, la automedicación (que incluye también la recomendación a un familiar o amigo de un fármaco que a nosotros nos había funcionado en un momento determinado) aún puede ser más grave, tanto por los efectos que puede causar como por las posibles interacciones con otros medicamentos que se estén tomando.

Consejos:

  • Evitemos siempre la automedicación. No tomemos nunca un fármaco de estas características sin el control y asesoramiento del especialista. Consultémosle cuando se dé un problema de ansiedad, insomnio, depresión o cualquier otro problema psicológico.
  • No mezclemos los psicofármacos con alcohol ni otras drogas.
  • No aumentemos nunca la dosis del fármaco, ni suspendamos de golpe el tratamiento por cuenta propia.
  • Es importante tener paciencia y creer firmemente en los especialistas. No les presionemos si no nos prescriben rápidamente un fármaco; a veces hay medidas y tratamientos intermedios que ayudan a mejorar la sintomatología y la problemática sin necesidad de la administración inmediata de un psicofármaco.

Vías de Administración

Oftálmica

 ¿Qué es?

Consiste en la aplicación directa sobre el ojo de preparados oftálmicos, bien gotas (colirios), bien pomadas.

Colirios

1. Inclinad la cabeza ligeramente hacia atrás y hacia el ojo donde os pondréis las gotas.

2. Bajad ligeramente el párpado inferior y aplicaos las gotas en la cavidad que se forma (llamada saco conjuntival).

3. Una vez administrado el colirio parpadead para que el medicamento se distribuya bien por todo el ojo.

Pomadas

1. Inclinad la cabeza hacia atrás y hacia abajo.

2. Bajad ligeramente el párpado inferior y extended la pomada resiguiendo el saco conjuntival, pero nunca directamente sobre el ojo.

3. Mantened los ojos cerrados uno o dos minutos para que la pomada pueda extenderse y distribuirse adecuadamente.

Precauciones especiales

Puede ser que durante unos segundos la visión se vuelva borrosa, por eso evitad realizar cualquier actividad que requiera agudeza visual. Procurad que el cuentagotas o el extremo del tubo no toquen ni el ojo ni cualquier otro objeto para evitar la contaminación o el crecimiento de gérmenes en el colirio. Recordad que los preparados oftálmicos dejan de ser estériles una vez abiertos, por eso no los guardéis cuando acabéis el tratamiento.

Ótica

¿Qué es?

Consiste en la aplicación sobre el conducto auditivo de preparados líquidos llamados gotas óticas.

1. Calentad el frasco a temperatura corporal manteniéndolo unos minutos entre las manos.

2. Reclinad la cabeza. Estirad suavemente la oreja hacia arriba y hacia atrás para que el medicamento pueda llegar a las zonas más internas.

3. Colocad el cuentagotas sobre la oreja procurando no tocarla. Dejad caer la gota o las gotas de manera que resbalen por las paredes del conducto auditivo.

4. Continuad en la posición durante unos minutos.

Precauciones especiales

No os tapéis la oreja con un algodón seco, ya que podría absorber las gotas administradas. Os la podéis tapar con un algodón empapado de medicamento.

Nasal

¿Qué es?

Consiste en la introducción por los agujeros de preparados líquidos en forma de gotas o pulverizados mediante un nebulizador .

1. Sentaos y tirad la cabeza hacia atrás.

2. Introducid el cuentagotas o la punta del nebulizador en uno de los agujeros.

3 Sin inspirar, apretad la pera del cuentagotas (para instaurar el número exacto de gotas) o presionad el nebulizador sólo una vez y de forma rápida, pero no con demasiada fuerza.

4. Repetid el procedimiento en el otro agujero.

5. Mantened la cabeza inclinada hacia atrás durante dos minutos para evitar que el producto sea inspirado por los pulmones. Respirad por la boca y procurad no sonaros durante un cierto tiempo.

Precauciones especiales

No compartáis con nadie el cuentagotas ni el nebulizador que utilicéis. Antes de administraros el preparado sonaos suavemente. Mientras os lo aplicáis, respirad por la boca. Después de la administración puede ser que notéis el gusto del medicamento, es normal. No tenéis que abusar de la administración de estos productos, consultad a vuestro médico o farmacéutico sobre la frecuencia y duración del tratamiento.

Oral

¿Qué es?

Consiste en la introducción de medicamentos por la boca, estos medicamentos se pueden presentar de diferentes formas:

A. Sólidas: comprimidos, cápsulas, drogas, etc.

B. Líquidas: soluciones, suspensiones, jarabes, etc.

Vía digestiva

1. Poneos de pie o sentados.

2. Tomad el medicamento siempre acompañado de un vaso lleno de agua.

3. Tragáoslo sin masticar, a no ser que el médico os indique lo contrario.

Vía sublingual

1. Colocad la pastilla bajo la lengua.

2. Esperad a que se disuelva sin tragaros saliva ni beber agua.

Precauciones especiales

Tened en cuenta si tenéis que ingerir el medicamento en las comidas o fuera de éstas. No os los toméis nunca con otros tipos de bebida (leche, zumos, cerveza, etc.). No manipuléis el medicamento (vaciar el contenido de la cápsula, triturar o dividir el comprimido, etc.) sin haberlo consultado previamente a vuestro farmacéutico.

Oral/Aerosol

¿Qué es?

Consiste en la introducción por la boca de medicamentos contenidos en sprays, en forma de pequeñas partículas o de gotas minúsculas, que llegan hasta los pulmones.

1. Montad el aerosol siguiendo las instrucciones del fabricante y agitadlo.

2. Expulsad todo el aire de los pulmones.

3. Colocad el aparato aplicador en la boca y apretad los labios sobre el pitorro.

4. Iniciad la inspiración (toma de aire) por la boca y seguidamente pulsad el spray y continuad la inspiración profunda e intensamente (también por la boca).

5. Retened la respiración unos instantes para conseguir la máxima penetración y después expulsad el aire lentamente.

6. Esperad un mínimo de cinco minutos antes de realizar una segunda administración, si así os lo han prescrito.

Precauciones especiales

Después de la administración, puede ser que tengáis náuseas a causa del mal sabor del medicamento, es normal. Lavad bien el pitorro con agua caliente después de utilizarlo.

Tópica

¿Qué es?

Consiste en la aplicación de medicamentos sobre la piel en forma de pomadas, cremas, lociones, etc., para conseguir un efecto local.

1. Lavad y secad la piel antes de cada aplicación.

2. Aplicad una pequeña cantidad sobre la zona a tratar y estendedla suavemente y uniformemente.

Precauciones especiales

Lavaos las manos otra vez después de la aplicación del preparado, para evitar que, por contacto, llegue a la boca o a los ojos.

Parenteral

¿Qué es?

Consiste en administrar los medicamentos mediante una inyección. Requiere el uso de jeringa y aguja. Hay diferentes tipos de punción parenteral según donde llega la aguja:

a) intramuscular: al músculo

b) intravenosa: a la vena

c) subcutánea: bajo la piel

d) intradérmica: entre las capas de la piel.

La administración parenteral de medicamentos solamente la tiene que hacer el personal especializado (enfermera, médico, practicante).

Precauciones especiales

Se tiene que tener una precaución especial con las inyecciones intramusculares en niños pequeños, porque hay posibilidad de afectar a algún nervio ya que la masa muscular es menor.

via rectal Rectal

¿Qué es?

Consiste en la introducción en el conducto anal de unos preparados sólidos: los supositorios. Los supositorios tienen una forma cónica o de bala y se funden a la temperatura del organismo (37 o C).

1. Se tiene que introducir con la punta orientada hacia el interior, unos 5 cm en el conducto anal para que quede retenido en el interior.

2. Juntad las nalgas y hace fuerza durante unos segundos.

Precauciones especiales

Si el supositorio está blando, ponedlo unos minutos en la nevera hasta que se endurezca. Evitad las deposiciones como mínimo veinte minutos, a no ser que se trate de un supositorio laxante, por ejemplo, de glicerina. En caso de que lo expulséis entero, os tendréis que poner otro. Si tenéis que fraccionar un supositorio hacedlo en sentido longitudinal.

Vaginal

¿Qué es?

Consiste en introduir el medicamento en la vagina en forma de óvulos (parecidos a los supositorios) o de pomadas.

1. Tumbaos y separad las piernas.

2. Hay que introducir el medicamento en la vagina tan profundamente como sea posible.

3. En algunos casos podéis usar un aparato aplicador, entonces seguid las instrucciones del fabricante.

4. Continuad en posición tumbada y con las caderas un poco levantadas durante unos cinco minutos después de la administración.

Precauciones especiales

Una vez utilitzado el aplicador lavadlo con agua caliente antes de guardarlo. Si os tenéis que aplicar un óvulo tened en cuenta que os será más fácil si lo humedecéis previamente con agua.

¿Qué son?

¿Qué es el medicamento?

Un medicamento es una sustancia o preparado que tiene propiedades curativas o preventivas, se administra a las personas o a los animales y ayuda al organismo a recuperarse de los desequilibrios producidos por las enfermedades o a protegerse de ellos. El medicamento puede conocerse por el nombre científico o por el nombre registrado.

Nombre científico

Es el nombre utilizado por los médicos y farmacéuticos. Cuando esta denominación es adoptada por la OMS (Organización Mundial de la Salud) se llama DCI (Denominación Común Internacional).

Nombre registrado o marca comercial

Es el nombre que da el laboratorio preparador al medicamento, es decir, puede haber una sola denominación científica con diferentes nombres comerciales. Los medicamentos también pueden comercializarse con el nombre o marca del laboratorio titular o fabricante. Estos medicamentos, demostrado que tienen los mismos efectos terapéuticos, son los llamados genéricos.

Uso Racional de Medicamentos

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No cabe ninguna duda de la utilidad de los medicamentos, de su beneficio en la salud de las personas y de la mejora que proporcionan en su calidad de vida.

Para la Organización Mundial de la Salud, el Uso Racional de Medicamentos supone que los pacientes reciban los medicamentos, adecuados a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas según sus requerimientos individuales, durante el período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y la comunidad."

Para conseguir un uso racional del medicamento es fundamental la implicación a todos los niveles, desde las propias Administraciones Públicas, pasando por los facultativos que los prescriben, por los farmacéuticos que los dispensan, y por los propios pacientes, cuya implicación en el uso responsable de los medicamentos es fundamental.

Precisamente es a los pacientes a los que va dirigida este Programa de Uso Racional de los Medicamentos que la Consejería de Sanidad y Consumo ha puesto en marcha en el contexto del Plan de Salud de Ceuta 2008/2011.

El Programa tiene como objetivo general promover y fomentar ENTRE LOS CIUDADANOS un uso racional de los medicamentos.

Asimismo como objetivos específicos se encuentran el disminuir la automedicación no responsable entre la población, mejorar el conocimiento del paciente sobre el auto-cuidado de su salud y la corresponsabilidad en sus tratamientos (cumplimiento/adherencia terapéutica), así como el conocimiento de los pacientes sobre los medicamentos en general y los posibles problemas relacionados con ello.

Para poder cumplir con estos objetivos se han planteado diversas líneas de actuación entre las que se encuentran la realización de actividades formativas e informativas a la población en general sobre conocimientos generales en medicamentos, su correcto manejo y administración, cumplimiento terapéutico, y automedicación responsable.

En el Programa colaboran activamente además de la Consejería de Sanidad y Consumo, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Ceuta.

Las actividades formativas están dirigidas tanto a la población en general, como a la población con personas dependientes a su cargo, ya sean familiares de los enfermos o bien cuidadores profesionales de los mismos.

Para las actividades de tipo informativo se han impreso 250 carteles y 10000 trípticos que serán distribuidos por toda la Ciudad. Asimismo se dispondrá de distintos soportes publicitarios de apoyo a la Campaña, incluidos anuncios, cuñas y/o spots en los medios de comunicación.

En este espacio digital podrá acceder al contenido de las sesiones formativas, al material informativo de la campaña (carteles y trípticos), así como a otras informaciones de interés sobre los medicamentos para garantizar por parte de los pacientes un uso adecuado, responsable y racional de los mismos.

De la misma manera se le ofrecen una serie de enlaces con páginas webs de otras Administraciones Públicas u otras Instituciones que han realizado o están realizando campañas similares para un uso racional de los medicamentos.

WEBS

Material informativo

Cartel-UsoRacionalMedicamentosPTriptico-UsoRacionalMedicamentosPPT-UsoRacionalMedicamentos

Normativa

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES

Reglamento de regulación básica de la gestión indirecta del Servicio de Televisión Digital Terrestre, 2/2006, de 21 de septiembre        BOCCE 16 octubre 2006

CEREMONIAL Y PROTOCOLO

Reglamento de Ceremonial y Protocolo, de 22 de enero de 2007        BOCCE 1 febrero 2007
Reglamento de Distinciones Honoríficas, de 22 de enero de 2007        BOCCE 1 febrero 2007
Reglamento Regulador del Servicio de Protocolo, de 22 de enero de 2007        BOCCE 13 julio 2007

COMERCIO, CONSUMO Y SANIDAD

Reglamento regulador de los mercados, de 21 de enero de 1998        BOCCE 5 febrero 1998
Reglamento para la clasificación de los establecimientos turísticos y para la regulación de sus horarios de apertura y cierre, de 26 de octubre de 2000        BOCCE 31 octubre 2000
Ordenanza reguladora de la venta fuera de establecimiento comercial permanente, de 30 de octubre de 2000        BOCCE 7 noviembre 2000
Reglamento regulador de las jornadas y horarios de las oficinas de farmacia, de 1 de marzo de 2002        BOCCE 15 marzo 2002
Reglamento del Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, de 17 de mayo de 2002        BOCCE 7 junio 2002
Reglamento regulador de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, de 31 de marzo de 2003        BOCCE 18 abril 2003
Reglamento regulador de la Red Ceutí de Vigilancia Epidemiológica, de 21 de julio de 2003        BOCCE 1 agosto 2003
Reglamento del Consejo Ceutí de Consumo, de 14 de octubre de 2004        BOCCE 5 noviembre 2004
Ordenanza reguladora de los polígonos de actividades económicas e industriales, de 21 de febrero de 2008        BOCCE 29 febrero 2008
Ordenanza reguladora de las licencias de instalación y de apertura o funcionamiento de establecimientos y actividades, de 30 de abril de 2010        BOCCE 28 mayo 2010
Reglamento para la tenencia, protección y bienestar de los animales de compañía        BOCCE 28 abril 2015
Reglamento de la Policia Sanitaria Mortuoria de la Ciudad        BOCCE 21 enero 2003

CULTURA, DEPORTES, EDUCACIÓN Y OCIO

Reglamento del carnet joven, de 11 de junio de 1997, de Ceuta        BOCCE 3 julio 1997
Reglamento de Casino y Catálogo de Juegos, de 6 de julio de 1998        BOCCE 6 agosto 1998
Reglamento del Registro General de Asociaciones Deportivas, de 25 de abril de 2000        BOCCE 30 junio 2000
Reglamento por el que se regulan las Federaciones Deportivas, de 25 de abril de 2000        BOCCE 30 junio 2000
Reglamento por el que se regulan las Asociaciones Deportivas, de 25 de abril de 2000        BOCCE 30 junio 2000
Reglamento de concesión de ayudas a deportistas concentrados en centros de alto rendimiento o en centros de tecnificación deportiva, de 27 diciembre de 2000        BOCCE 9 enero 2001
Reglamento de funcionamiento de la Comisión del Patrimonio Cultural, de 3 de julio de 2001        BOCCE 6 julio 2001
Reglamento de organización y funcionamiento de guarderías infantiles de 23 de noviembre de 2001        BOCCE 14 diciembre 2001
Reglamento de pesca marítima de recreo, de 14 de febrero de 2002        BOCCE 18 abril 2003
Reglamento regulador de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, de 13 de septiembre de 2002        BOCCE 1 octubre 2002
Reglamento de contingentación de salas de bingo, de 14 de febrero de 2003        BOCCE 9 mayo 2003
Reglamento de protección del patrimonio documental ceutí y del sistema archivístico, de 15 de diciembre de 2003        BOCCE 20 febrero 2004
Ordenanza reguladora del uso de las instalaciones del conjunto monumental de las Murallas Reales, de 6 de junio de 2007, de Ceuta        BOCCE 26 julio 2007
Reglamento de apuestas, de 25 de marzo de 2010        BOCCE 18 mayo 2010
Reglamento de Turismo de 30 de noviembre de 2010        BOCCE 28 diciembre 2010
Ordenanza de Funcionamiento del Foro de participación Juvenil, de 27 de febrero de 2012       
Reglamento del servicio de museos, de 14 de abril de 1999, de Ceuta        BOCCE 27 abril 1999

EMERGENCIAS Y SEGURIDAD

Reglamento del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, de 14 de agosto de 1996, de Ceuta        BOCCE 13 septiembre 1996
Reglamento de la Policía Local, de 17 de mayo de 2002, de Ceuta        BOCCE 11 junio 2002
Reglamento regulador de los distintos órganos de protección civil, de 21 de noviembre de 2005        BOCCE 21 abril 2006
Ordenanza reguladora del registro autonómico de planes de autoprotección, de 11 de junio de 2010        BOCCE 9 julio 2010

FORMACIÓN Y EMPLEO

Reglamento por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos y la autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación, de 15 de septiembre de 2003        BOCCE 26 septiembre 2003

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

Reglamento de Gobierno y servicios de la administración        BOCCE 10 noviembre 2017
Reglamento regulador del Registro de Uniones de Hecho, de 11 de septiembre de 1998        BOCCE 24 septiembre 1998
Ordenanza reguladora del Registro de Licitadores, de 17 de mayo de 2004        BOCCE 15 junio 2004
Reglamento de Depósito Legal de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 28 de noviembre de 2012 BOCCE 28 diciembre 2012
Reglamento regulador de las normas de funcionamiento del servicio de depósito legal, de 23 de septiembre de 2004        BOCCE 19 octubre 2004
Reglamento de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta        BOCCE 13 febrero 2018
Reglamento del Registro General, de 22 de enero de 2009, de Ceuta        BOCCE 3 febrero 2009
Reglamento del Inventario General, de 22 de enero de 2009, de Ceuta        BOCCE 10 febrero 2009
Acuerdo de la Asamblea de 21 de diciembre de 2010 de aprobación de los Presupuestos generales de la Ciudad de Ceuta para 2011 y bases para su ejecución        BOCCE 29 diciembre 2010
Acuerdo de la Asamblea de 25 de octubre de 2021 de aprobación de la Ordenanza Reguladora del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el Padrón        BOCCE 23 noviembre 2021

MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Reglamento de participación voluntaria de organizaciones en el sistema comunitario de gestión y auditorio medioambientales, de 31 de mayo de 2024        BOCCE 31 mayo 2024
Ordenanza municipal sobre emisión de ruidos, vibraciones y otras formas de energía, de 25 de junio de 2002        BOCCE 9 abril 2013
Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de playas, de 17 de mayo de 2002        BOCCE 7 junio 2002
Reglamento del Consejo Asesor de Acuicultura, Pesca y Marisqueo, de 13 de septiembre de 2002        BOCCE 27 septiembre 2002
Ordenanza sobre energía solar para producir agua caliente sanitaria, de 14 de febrero de 2003        BOCCE 11 marzo 2003
Reglamento del Consejo Sectorial de Medio Ambiente, de 24 de junio de 2010        BOCCE 16 julio 2010

MOVILIDAD, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTES

Ordenanza municipal de circulación, de 11 de septiembre de 1998        BOCCE 24 septiembre 1998
Ordenanza reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros en Automóviles Ligeros, Autotaxis        BOCCE 19 noviembre 2024
Reglamento del Parque Móvil de la Ciudad Autónoma de Ceuta        BOCCE 14 abril 2006

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Reglamento de 25 de octubre de 2001 de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo        BOCCE 30 octubre 2001

RECURSOS HUMANOS

Mesa General de Negociación        BOCCE 20/04/2012
Reglamento Regulador de la Relación, Provisión y Retribuciones de los Puestos de trabajo        BOCCE 25/04/2012
Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Servicios Administrativos de la Ciudad y sobre la Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad de Ceuta (RPT) BOCCE Ext 12/11/2024

SERVICIOS SOCIALES

Reglamento de la Red de Puntos de Información Juvenil, de 1 de octubre de 1998, de Ceuta        BOCCE 1 octubre 1998
Reglamento del Observatorio de la Infancia de Ceuta, de 25 de abril de 2000        BOCCE 12 mayo 2000
Reglamento de los centros de la tercera edad, de 11 de julio de 2000        BOCCE 11 julio 2000
Reglamento de 15 de noviembre de 2000 Regulador sobre Registro, Autorización, Acreditación e Inspección de Establecimientos y Centros Públicos o Privados en materia de Asistencia Social en la Ciudad Autónoma de Ceuta        BOCCE 6 febrero 2001
Reglamento por el que se regula la estructura orgánica y funcional del Área de Menores, de 11 de julio de 2001        BOCCE 17 julio 2001
Reglamento del Consejo del Mayor, de 14 de febrero de 2003        BOCCE 15 abril 2003
Reglamento de 25 de febrero de 2010 regulador de prestaciones económicas de los servicios sociales        BOCCE 19 marzo 2010
Reglamento del Ingreso Mínimo de Inserción, de 30 de septiembre de 2010        BOCCE 2 noviembre 2010
Ordenanza General de Juventud, de 7 de febrero de 2011, de Ceuta        BOCCE 15 febrero 2011
Reglamento de Pisos Tutelados para Mujeres víctimas de Violencia de Género, de 8 abril de 2011
Reglamento de la Casa de Acogida de Mujeres Maltratadas víctimas de Violencia de Género, de 13 mayo de 2011
Reglamento Normativo Interno del Centro de Emergencia de Mujeres Maltratadas víctimas de Violencia de Género, de 8 de abril de 2012

SOSTENIBILIDAD Y SERVICIOS

Reglamento regulador de la prestación del servicio de cementerio, de 11 de septiembre de 1998        BOCCE 24 septiembre 1998
Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos, de 3 de febrero de 2020        BOCCE 3 febrero 2020
Reglamento regulador de la sanidad mortuoria, de 23 de diciembre de 2002        BOCCE 21 enero 2003
Ordenanza de vertidos a la red de alcantarillado, de 20 de diciembre de 2005        BOCCE 27 enero 2006
Reglamento de 30 de marzo de 2010 regulador del almacén general        BOCCE 16 abril 2010

URBANISMO, VIVIENDA Y EDIFICACIÓN

Ordenanza municipal para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de la comunicación, de 29 de mayo de 2014        BOCCE 5 agosto 2014
Ordenanza municipal reguladora del uso y conservación de las zonas verdes, de 22 de abril de 2003        BOCCE 2 mayo 2003
Reglamento regulador de las adjudicaciones en materia de vivienda, de 21 de septiembre de 2006        BOCCE 6 octubre 2006
Modificación de la forma de gestión de los servicios urbanísticos y de infraestructuras mediante la creación del organismo autónomo Gerencia de Infraestructuras y Urbanismo de Ceuta, GIUCE, y se aprueban sus estatutos, de 30 de abril de 2010, de Ceuta        BOCCE 30 junio 2010

VÍAS PÚBLICAS

Ordenanza reguladora del mobiliario urbano, de 13 de julio de 2000        BOCCE 28 julio 2000
Ordenanza Reguladora de Acceso de Vehículos a Inmuebles a través de aceras u otros bienes de dominio público y de las reservas de estacionamiento, parada y otros usos sobre los mismos bienes (BOCCE nº 3.943, 29.09.2000) modificada por Acuerdo Plenario de 17.12.2017 y texto íntegro consolidado vigente (BOCCE nº 5.749, 19.01.2018)        BOCCE 19 enero 2018
Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos que transportan personas minusválidas, de 5 de julio de 2000        BOCCE 15 septiembre 2000
Ordenanza reguladora de las terrazas de veladores, de 15 de octubre de 2021        BOCCE 15 octubre 2021
Ordenanza reguladora del otorgamiento, aprovechamiento y utilización de los kioskos, de 22 de febrero de 2007        BOCCE 2 marzo 2007
Ordenanza del buen uso de los espacios públicos, de 18 de julio de 2011, de la Ciudad Autónoma de Ceuta        BOCCE 16 agosto 2011
Ordenanza Reguladora de la Nomenclatura y Rotulación de las Vías Urbanas, de 17 de julio de 2012, de la Ciudad Autónoma de Ceuta BOCCE 27 noviembre 2012

OTRA NORMATIVA

Ordenanza municipal para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de la comunicación, de 29 de mayo de 2014        BOCCE 5 agosto 2014

Participación Pública en Proyectos Normativos

Este canal tiene por objeto facilitar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de las normas que se fundamenta en las siguientes normas:

  • Artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (BOE-A-1997-25336), del Gobierno.

Con este punto de acceso a la participación en la elaboración de normas, se da cumplimiento a lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre (BOE-A-2016-9121), por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales.